lunes, 30 de septiembre de 2013

Decreto No. 329-94 que autoriza a varias personas físicas y morales extranjeras a adquirir inmuebles en el país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 329-94


                        VISTAS las instancias que por vía de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas detalladas en la parte dispositiva del presente Decreto;

                        VISTO  el Decreto No.2543 del 22 de mayo de 1945 sobre Adquisición de Inmuebles por Extranjero, y sus modificaciones.

                        VISTAS las disposiciones del Artículo 13 del Código Civil.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se autoriza a las personas y empresas detalladas a continuación para que en su calidad de extranjeros puedan hacer las inversiones que se describen por los precios que se consignan:

                        1.- Al señor Roland Gehrig, por el precio total de RD$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.2-A-34, del Distrito Catastral No.59/1era, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez y sus mejoras consistentes en una casa de 2 niveles, construída en concreto, madera y abesto-cemento, con un área de 3,277.27 Mts.2, propiedad de la señora Juana Hernández Cuello.

                        2.- Al señor Emil Ehrismann, adquirir por el precio total de RD$70,000.00 (SETENTA MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno correspondiente al 50% de la parcela No.21-A- porción "G", del Distrito Catastral No.20, del Distrito Nacional y sus mejoras consistente en una casa de blocks, techada de concreto, de una planta y sus dependencias con un área de 925 metros cuadrados y 35 decímetros cuadrados, propiedad de la señora Rafaela Martínez Nivar.

                        3.- A la Texaco Caribbean, Inc. adquirir por el precio total de RD$3,000,000.00 (TRES MILLONES DE PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No.110-Ref-780-T-7, del Distrito Nacional, con una extensión superficial de 37 áreas, 55 centiáreas (3,755 mts2), propiedad Banco Central de la República Dominicana.

                        4.- Al señor José Antonio Figueroa Aviles adquirir de:

                        a) Del señor Luis Antonio Fermín Pérez por el precio total de RD$78,873.00 (SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno con un área de 4,873.67 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.102-(Pte), del Distrito Catastral No.17, del Distrito Nacional.

                        b) De la Compañía FINECO, S.A. por el precio total de RD$432,707.95 (CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS SIETE PESOS ORO CON 95/100) los inmuebles que se detallan a continuación:

                        1) Una porción de terreno con un área de 22,256.23 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.73-B, del Distrito Catastral No.17, del Distrito Nacional.

                        2) Una porción de terreno con un área de 2,465.98 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.100, del Distrito Catastral No.17, del Distrito Nacional.

                        3) Una porción de terreno con un área de 3,581.58 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.101, del Distrito Catastral No.17, del Distrito Nacional.

                        5.- A la Compañía Dominicana de Teléfonos, C. por A., adquirir de:

                        a) Del Banco Nacional de la Construcción, S. A., por el precio total de RD$7,500,000.00 (SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno con un área de 38.700 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.115- Reformada, del Distrito Nacional.

                        b) Del señor Francisco Antonio Fernández Medina, por el precio total de RD$125,000.00 (CIENTO VEINTE Y CINCO MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno con un área de 364.41 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.56, del Distrito Catastral No.8, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        c) Del señor Carlos Temístocles Roa por el precio total de RD$440,000.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno con un área de 439.95 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.28-Ref-46, del Distrito Catastral No.2, del Distrito Nacional

                        d) Del señor Félix Armando Benítez Cortorreal, por el precio total de RD$547,432.75 (QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ORO CON 75/100), una porción de terreno con un área de 860.49 Mts.2, ubicada dentro del ámbito del solar No.1 parte, de la manzana No.79, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Nagua, Provincia María Trinidad Sánchez.

                        e) De los señores Leovigildo Antonio Gómez Pratt y Clelia María Genao Almonte de Gómez, por el precio total de RDD$322,958.50 (TRESCIENTOS VEINTE Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO PESOS ORO CON 50/100) una porción de terreno con un área 222.73 Mts.2, ubicada dentro del ámbito del solar No.1, de la manzana No.1644, del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional.

                        f) Del señor Celestino Collado, por el precio total de RD$65,000.00 (SESENTA Y CINCO MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno con un área de 1,098 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.1258, Distrito Catastral No.19, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        g) Del Banco Del Comercio Dominicano S. A., debidamente representado por el señor José Ureña A., por el precio total de RD$3,907,080.00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHENTA PESOS ORO CON 00/100) los inmuebles que se detallan a continuación:

                        1.- El apartamento B-11, con área de construcción 108.53 Mts.2, ubicado en la primera planta del condominio Plaza Cibao, ubicado dentro del ámbito del Solar No.19, de la manzana No.907, del Distrito Catastral No.1, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        2.- El apartamento B-12, con área de construcción de 108.53 Mts.2, ubicado en la primera planta del Condominio Plaza Cibao, dentro del ámbito del Solar No.19, de la Manzana 907, del Distrito Catastral No.1, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        3) El apartamento B-21, con área de construcción de 108.53 Mts.2, ubicado en la segunda planta del Condominio Plaza Cibao, dentro del ámbito del Solar No.19, de la Manzana 907, del Distrito Catastral No.1, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        4) El apartamento B-22, con área de construcción de 108.53 Mts.2, ubicado en la Segunda Planta del Condominio Plaza Cibao, construído dentro del ámbito del Solar No.19, de la Manzana 907, del Distrito Catastral No.1, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        5) El apartamento B-23, con área de construcción de 108.53 Mts.2,  ubicado en la primera planta del Condominio Plaza Cibao, construido dentro del ámbito del Solar No.19, de la Manzana 907, del Distrito Catastral No.1, del Municipio y Provincia de Santiago.

                        h) De la señora Martha Iris Batista De Los Santos por el precio total de RD$275,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL PESOS DOMINICANOS) una porción de terreno con un área de 336.00 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la parcela No.1-B-Ref. (Parte), del Distrito Catastral No.6 del Distrito Nacional.

                        i) De la Compañía A.V. Blandino & Co., C. por A. por la suma de RD$2,500,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ORO) los inmuebles que se detallan a continuación:


                        1) Solar No.9, de la Manzana No.272 del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional, con un área de 309 Mts.2.

                        2) Solar No.29 de la Manzana No.272 del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional, con un área de 553.86 Mts.2.

                        3) Solar No.30 de la Manzana 272 del Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional con un área de 774.46 Mts.2.

                        j) De los señores Vladimir Sosa Ravelo, Miguel Rodolfo Sosa Ravelo, Nadia Germania Sosa Ravelo, Lilian Miguelina Sosa de Custals y María Sosa Gómez, por la suma de RD$60,000.00 (SESENTA MIL PESOS ORO) los siguientes inmuebles:

                        1) Las Parcelas No.668,675,696,686 del Distrito Catastral No.4 del Municipio de Castillo, Distrito Municipal de Hostos, Provincia Duarte, con un área de 2,337.54 Mts.2.

                        2) Una porción de terreno con un área de 1,662.46 Mts.2, ubicada dentro del ámbito del Distrito Catastral No.4 del Municipio de Castillo, Distrito Municipal de Hostos, Provincia Duarte.


                        6.- Al señor Dietmar Plainer adquirir de las señoras Rosa Anderson Vda. Hernández y Josefina Hernández de Silverio, por el precio total de RD$4,250,000.00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ORO CON 00/100), una porción de terreno con un área de 64,806.19 Mts.2, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.3804, del Distrito Catastral No.7, del Municipio de Las Terrenas, Provincia Samaná.

                        7.- A Sunisle Holding Limited, adquirir de Macao Caribe Beach, S.A. por el precio total de RD$137,000,000.00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS) una porción de terreno con una extensión superficial de 7 hectáreas, 45 áreas y 84 centiáreas y sus mejoras consistentes en un edificio de Block , techo de hormigón, de cuatro (4) plantas, piscina entre otros, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.87-A-2-A del Distrito Catastral No. 11/4 del Municipio de Higüey, Provincia Altagracia.


                        8.- A la Caja de Ahorros de Valencia, Castellón y Alicante, Bancaja, adquirir de Sunisle Holding Limited, por el precio total de RD$137,000,000.00 (CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES DE PESOS DOMINICANOS) una porción de terreno con una extensión superficial de 7 hectáreas, 45 áreas y 84 centiáreas y sus mejoras consistente en un edificio de block, techo de hormigón, de cuatro (4) plantas, piscina entre otras, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.87-A-2-A del Distrito Catastral No.11/4 del Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.

                        9.- A la Texaco Caribbean, Inc. adquirir de la Compañía Estación Plaza María Teresa, S.A. debidamente representada por su Presidente el señor Ferico Acta Medrano por el precio total de RD$6,100,000.00 (SEIS MILLONES CIEN MIL PESOS DOMINICANOS), una porción de terreno con un área de 2,500 Mts.2 y sus mejoras ubicadas dentro de la parcela No.42-A-Reformada-1, del Distrito Catastral No.4 del Distrito Nacional lugar de Arroyo Hondo.


                        10.- Al señor Rene Rousset, adquirir de Costasur Dominicana, S.A. por el precio total de RD$860,500.00 (OCHOCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS PESOS DOMINICANOS) una porción de terreno marcada en el plano como solar No.18 (S-18) con un área aproximadamente de 2,151.94 Mts.2 ubicada dentro de la parcela No.84-Ref.321 del Distrito Catastral No.2/5 del Municipio de La Romana, lugar Los Tamarindos.

                        11.- A la señorita Aida Costa Cabrera adquirir del señor Luís E. Betances, por el precio total de RD$15,000.000 (QUINCE MIL PESOS ORO) una porción de terreno de aproximadamente 4,214 Mts.2 ubicados dentro de la Parcela No.3801 del Distrito Catastral No.7 del Municipio de Samaná, Provincia de Samaná.

                        12.- Al señor Rodolfo Claudio Adam Arcilagos Adquirir del señor Luís E. Betances por la suma de RD$15,000.00 (QUINCE MIL PESOS ORO) una porción de terreno de aproximadamente 2,076 Mts.2, ubicado dentro del ámbito de la Parcela No.3801 del Distrito Catastral No.7 del Municipio y Provincia de Samaná.

                        13.-Se autoriza a las Compañías que se detallan a continuación a fijar domicilio en la República Dominicana:


                        a) A la Compañía Impresa Ing Fortunato Federici, S.P.A., Sociedad Comercial constituída y existente de conformidad con las leyes de Roma, con su domicilio principal en la calle de Villa Massimo No. 57, Roma, a fijar domicilio en la república Dominicana.

                        b) A la Compañía Raytheon-Ebasco Overseas LTD; Sociedad Comercial constituída y existente de conformidad con las leyes del Estado de Delaware, Estados Unidos de América, con domicilio social y principal en el Two World Trade Center, New York, N.Y. 100480752, Estados Unidos de América, a fijar domicilio en la República Dominicana.

                        c) A la Compañía Industrial Word Investment, Inc., Sociedad Comercial constituída y existente de acuerdo con las leyes de Panamá, con domicilio social y oficina localizada en el edificio Hong Kong Bank, 6to. piso, Avenida Samuel Lewis, Panamá, República de Panamá, a fijar domicilio en la República Dominicana.

                        d) A la Compañía Cromwell International Limited, Sociedad Comercial de conformidad con las leyes de la República de Irlanda, con su domicilio y asiento en la Stratton House, Bishopstown Road Cork, Irlandia, a fijar domicilio en la República Dominicana.

                        e) A la Compañía Riu Hotels, Sociedad Anónima constituida y existente de conformidad con las leyes españolas, con oficina principal en Laud, S/N, "Riu Center", Las Maravillas, Playas de Palma, Palma de Mallorca, a fijar domicilio en la República Dominicana.


                        14.- Se autoriza a las personas y entidades comerciales mencionadas a continuación en su calidad de extranjeros a inscribir hipotecas sobre los inmuebles que se describen más adelante por los montos y en los rangos que se indican en cada uno de los casos:

                        A) A Laad Caribe, S.A. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de realizarse la operación sobre los inmuebles que se describen a continuación:

                        1) Una porción de terreno con un área de 25 hectáreas 35 áreas y 90 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la parcela No.84 del Distrito Catastral No.9 del Municipio y Provincia de Valverde Sección Taitabón, lugar Sabana Grande, propiedad del señor Miguel Enríque Marrero Hernández.

                        2) Una porción de terreno con una extensión superficial de 12 hectáreas, 98 áreas y 7 centiáreas, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.67 del Distrito Catastral No.9 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección Taitabón, lugar Sabana Grande, propiedad del señor Miguel Enríque Marrero Hernández.

                        B) A Laad Caribe S.A. a, inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se describen a continuación:

                        1) Una porción de terreno con una extensión superficial de 77 hectáreas, 65 áreas y 69 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la parcela No.2266 del Distrito Catastral No.3 del Municipio de Duvergé, Sección Puerto Escondido, Provincia Independencia, propiedad de Agrícola Nueva Esperanza.

                        2) Una porción de terreno con una extensión superficial de 38 hectáreas, 33 áreas y 40 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la parcela No.3250-Posesión 1 del Distrito Catastral No.3 del Municipio de Duvergé, lugar Puerto Escondido, Provincia Independencia, propiedad de Agrícola Nueva Esperanza.

                        3) Una porción de terreno con una extensión superficial de 89 hectáreas, 77 áreas y 21 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la parcela No.3250-Posesión 2 del Distrito Catastral No.3 del Municipio de Duvergé, lugar Puerto Escondido, Provincia Independencia, propiedad de Agrícola Nueva Esperanza.

                        C) A Laad Caribe, S.A. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$400,000.00 (CUATROCIENTO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se detallan a continuación:

                        1) Una porción de terreno con una extensión superficial de 548 hectáreas, 96 áreas y 69 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la parcela No.5 del Distrito Catastral No.4 del Municipio de Enriquillo, Distrito Municipal de Paraíso, Sección y lugar El Platón, Provincia de Barahona, propiedad de Agroíndustria Barahona, C. por A. (Agrodeba).

                        2) Una porción de terreno con una extensión superficial de 17 hectáreas, 42 áreas y 99 centiáreas, ubicada dentro del ámbito de la parcela No.23 del Distrito Catastral No.2 del Municipio y Provincia de Barahona, propiedad de Cerros de Birán, S.A.

                        D) A Laad Caribe, S.A. a inscribir hipotecas en primer, segundo y tercer rango respectivamente ascendente a la suma de US$(400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación, sobre los inmuebles que se describen a continuación:

                        1) Inscribir una hipoteca en primer rango sobre una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No.8-E del Distrito Catastral No.7 del Municipio de Baní, con un área de 1,000 tareas, propiedad de García Godoy & Asociados, S.A.

                        2) A inscribir una hipoteca en segundo rango sobre una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No.2504-A del Distrito Catastral No.7 del Municipio de Bani, con una extensión superficial de 67 hectáreas, 54 áreas y 79 centiáreas, propiedad de Rancho Sur, S.A.

                        3) A inscribir una hipoteca en tercer rango sobre una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No.2504-B del Distrito Catastral No.7 del Municipio de Bani, con una extensión superficial de 67 hectáreas, 54 áreas y 80 centiáreas, propiedad, de Rancho Cayman, S.A.

                        E) A Laad Caribe, S.A., a inscribir una hipoteca en primer rango, ascendente a la oficial suma de US$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL DOLARES) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se describen, a continuación, propiedad de Promind Agroindustrial, S.A.

                        1) Una porción de terreno ubicada dentro del ámbito de la parcela No.45-4 del Distrito Catastral No.10 del Municipio de Cotui, Sección Los Cerros con una extensión superficial de 225 hectáreas, 01 área y 05 centiáreas, propiedad de Promind Agroindustrial, S.A.

                        2) Una porción de terreno de 118 hectáreas, 94 áreas y 92.3 centiáreas ubicada dentro del ámbito de la parcela No.45-3 del Distrito Catastral No.10 del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez.

                        3) Una porción de terreno de 50 hectáreas, 57 áreas y 56.7 centiáreas ubicadas dentro del ámbito de la Parcela No.45-3 del Distrito Catastral No.10 del Municipio de Cotuí, Provincia Sánchez Ramírez.

                        4) Una porción de terreno con un área de 3,391.20 Mts.2 ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.45-11 del Distrito Catastral No.10 del Municipio de Cotuí, Sección Los Cerros, lugar El Buey, Provincia Sánchez Ramírez.

                        F) Laad Caribe S.A., a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$575,000.00 (QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre la Parcela No.1293 del Distrito Catastral No.4 del Municipio de Tamboril Lugar y Sitio de Licey o Boca de Licey, Provincia de Santiago, con una extensión superficial de 2 hectáreas, 99 áreas y 52 centiáreas, propiedad de la firma Chocolates Antillanos, S.A.

                        G) A Laad Caribe S.A. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre una porción de terreno de o hectárea 27 áreas y 84 centiáreas dentro del ámbito de la parcela No.374-A-18 Sub-1 del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Constanza, Provincia La Vega, propiedad de la señora Inés Elena Abud de Medina.

                        H) A Laad Caribe S.A. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma US$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles propiedad del señor William Medina, que se describen a continuación:

                        1) Una porción de terreno con un área de 246.74 Mts.2 dentro del ámbito de la Parcela No.206-A-5 del Distrito Catastral No.5 del Distrito Nacional.

                        2) Una porción de terreno con un área de 167.20 Mts.2 dentro del ámbito de la parcela No.2-06-A-5 del Distrito Catastral No.5 del Distrito Nacional.

                        I) A Laad Caribe S.A. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$1,000,000.00 (UN MILLON DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente en al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se describen a continuación, propiedad de Procesadora Mejía C. por A.

                        1) Una porción de terreno con una extensión de 0 hectárea, 73 áreas y 99 centiáreas equivalente a 12 tareas y 50 varas dentro de la Parcela No.6 del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Baní, sitio de Paya, Bani, Provincia Peravia.

                        2) Una porción de terreno con una extensión de 1 hectárea, 42 áreas y 86 centiárea equivalentes a 22 tareas y 22 varas dentro del ámbito de la Parcela No.6 del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Baní, sitio Paya, Provincia Peravia

                        3) Una porción de Terreno con una extensión superficial de 4,825 Mts.2 dentro del ámbito de la Parcela No.347 del Distrito Catastral No.2 del Municipio de Bani, sitio de Paya, Provincia Peravia.

                        J) A la Laad Caribe S.A. inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$600,000.00 (SEISCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles propiedad de la firma Cherobi Agroindustrial S.A., que se describen a continuación:

                        1.- Parcela No.181 del Distrito Catastral No.6 del Municipio y Provincia de Valverde, sitio de Jinamagao, con extensión superficial de 5 hectáreas, 84 áreas y 65 centiáreas.

                        2.- Parcela No.75-42 del Distrito Catastral No.4 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección Amina, con extensión superficial de 54 hectáreas, 70 áreas y 50 centiáreas.

                        3.- Una porción de terreno dentro de la Parcela No.75-39 del Distrito Catastral No.4 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección Amina, con extensión superficial de 07 hectárea, 98 áreas, 56 centiáreas y 95 decímetros cuadrados.

                        4.- Parcela No.75-38 del Distrito Catastral No.4 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección Amina, con una extensión de 23 hectáreas, 16 áreas y 51 centiáreas.

                        5.- Parcela No.75-30 del Distrito Catastral No.4 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección Amina, con una extensión superficial de 04 hectáreas, 62 áreas y 13 centiáreas.

                        6.- Todos sus derechos a la Parcela No.18 del Distrito Catastral No.16 del Municipio y Provincia de Santiago, Sección La Capilla; o sea una porción que mide 49 hectáreas, 21 áreas, 41 centiáreas, 61 decímetros cuadrados y 31 centímetros cuadrados.

                        7.- Parcela No.21 del Distrito Catastral No.16 del Municipio de Santiago, Sección La Capilla, Provincia de Santiago, con extensión superficial de 05 hectáreas, 75 áreas y 47 centiáreas.

                        8.- Una porción del terreno y su mejoras dentro de la Parcela No.39 del Distrito Catastral No.8 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección y lugar Potrero, Provincia de Santiago, con extensión superficial de 112 hectáreas, 78 áreas y 59 centiáreas.

                        9.- Una porción de terreno dentro de área de la Parcela No.10 del Distrito Catastral No.8 del Municipio y Provincia de Valverde, sitio y lugar de Potrero, o sea una porción que mide 16 hectáreas, 06 áreas, 93 centiáreas y 35 decímetros cuadrados.

                        10.- Todos los derechos a la Parcela No.49 del Distrito Catastral No.8 del Municipio y Provincia de Valverde, sitio Potrero, o sea una porción de terreno que mide 23 hectáreas, 78 áreas, 51 centiáreas y 50 decímetros cuadrados.

                        11.- Parcela No.75-29 del Distrito Catastral No.4 del Municipio y Provincia de Valverde, Sección Amina, o sea una porción que mide 2 hectáreas, 62 áreas y 90 centiáreas.

                        K) A Laad Caribe S.A. a inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma US$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles que se describen:

                        1.- Una porción de terreno con una extensión superficial de 1 hectárea, 25 áreas y 78 centiárea equivalente a 25 tareas Nacionales y sus mejoras ubicada dentro del ámbito de la Parcela No.111 del Distrito Catastral No.5 del Municipio de San Francisco de Macorís Sitio de Tenares, propiedad del señor Manuel Cartagena Imbert.

                        2) Parcela No.527 del Distrito Catastral No.4 del Municipio de Tenares, Provincia Salcedo la cual tiene una extensión superficial de 44 hectáreas, 13 áreas y 24 centiáreas, propiedad de la señora Emperatriz maría de Cartagena.

                        3) Parcela 901 del Distrito Catastral No.4 del Sitio del Municipio de Tenares, Provincia de Salcedo, con una extensión superficial de 1 hectárea, 67 áreas y 72 centiáreas.

                        L) A Laad Caribe S.A. inscribir una hipoteca en primer rango ascendente a la suma de US$500,000.00 (QUINIENTOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) o su equivalente a la tasa de cambio existente al momento de efectuarse la operación sobre los inmuebles propiedad de la Compañía Domex, S.A., que se describen a continuación:

                        a) Parcela No.84 Distrito Catastral No.14/2a., del Municipio de Barahona, sitio de Pescadería, Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 3 hectáreas, 55 áreas y 94 centiáreas.

                        b) Parcela No.85 del Distrito Catastral No.14/2a., Sitio de Pescadería, común de Barahona, Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 11 hectáreas, 78 áreas y 41 centiáreas.

                        c) Parcela No.156 del Distrito Catastral No.14/2a., del Municipio de Barahona, sitio de Pescadería, Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 66 áreas y 04 centiáreas.

                        d) Parcela No.157 del Distrito Catastral No.14/2a., Sitio de Pescadería, Común y Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 65 áreas y 30 centiáreas.

                        e) Parcela No.158 del Distrito Catastral No.14/2a., Sitio de Pescadería, Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 5 hectáreas, 55 áreas y 84 centiáreas.

                        f) Parcela No.175, del Distrito Catastral No.14/2a., Sitio de Pescadería, Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 1 hectárea, 6 áreas, y 97 centiáreas.

                        g) Parcela No.176, del Distrito Catastral No.14/2a., Sitio de Pescadería, Común y Provincia de Barahona, la cual tiene una extensión superficial de 93 áreas y 85 centiáreas.


                         15.- Al señor Domenico De Pasquale, adquirir del señor Gabriel Ramón Vega Imbert, por el precio total RD$400,000.00 (CUATROCIENTOS MIL PESOS ORO CON 00/100), los inmuebles que se describen a continuación:

                        a) El apartamento No.3, segunda planta, del condominio Plaza Del Sol, con un área de construcción de 80.80 Mts.2 y sus dependencias consistentes en sala-comedor, balcón, cocina, 2 dormitorios con closets y el parqueo No.3, construído dentro del ámbito del solar No.38, manzana No. M-1, parcela No.419-A-Reformada-B, del Distrito Catastral No.17/3, de Boca Chica, Distrito Nacional

                        b) El apartamento No.5, del condominio Plaza Del Sol, con un área de construcción de 80.80 Mts.2, y sus dependencias consistentes en sala-comedor, cocina, baño, 2 dormitorios , 2 closets y el parqueo No.5, construído dentro del ámbito del solar No.38, manzana No.M-1, parcela No.419-A- Reformada -B, del Distrito Catastral No.17/3, de Boca Chica, Distrito Nacional.

                        16.- A la Star Of The Republic S. A., adquirir de la Zona Franca Industrial de Las Américas S.A., por el precio total de US$799,083.00 (SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHENTA Y TRES DOLARES CON 00/100) o su equivalente en pesos dominicanos, a la tasa de cambio oficial, al momento de realizar la operación; una porción de terreno con un área de 5,550 Mts.2, con 17 decímetros2 y sus mejoras consistentes en un edificio de 14,693 pies cuadrados con sus paredes construídas en hormigón pre-fabricado y con todas sus instalaciones eléctricas y sanitarias, ubicada dentro del ámbito de la parcela N-210-A-Ref-215 subd. 30, del Distrito Catastral No.32, del Distrito Nacional.


                        Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer


Decreto No. 328-94 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, a los doctores Leo P. Krall y José Luis Herrera.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 328-94

                        CONSIDERANDO: los altos merecimientos de los doctores Leo P. Krall y José Luís Herrera Pombo, eminentes médicos especialistas en Diabetes,

                        VISTA  la Ley No. 1352 de fecha 23 de julio de 1937, y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón,

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, a los doctores Leo P. Krall y José Luís Herrera.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 327-94 que nombra al Dr. Leonardo Matos Berrido, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en China.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 327-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El doctor Leonardo Matos Berrido, queda designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de China.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 326-94 que nombra a la señora Regina Alcántara Pérez, Subdirectora del Departamento de Asistencia Social Adscrito al Poder Ejecutivo.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 326-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La señora Regina Alcántara Pérez, queda designada Subdirectora del Departamento de Asistencia Social Adscrito al Poder Ejecutivo.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 325-94 que nombra a la señora María Teresa Ferreiro Díaz, Ayudante Civil del Presidente de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 325-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La señora María Teresa Ferreiro Díaz, queda designada Ayudante Civil del Presidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


                        Joaquín Balaguer

Decreto No. 324-94 que nombra al Ing. Francisco Amézquita Candelier, Director del Centro Dominicano de Promoción a las Exportaciones.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 324-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Lic. Francisco Amézquita Candelier, queda designado Director del Centro Dominicano de Promoción de las Exportaciones, en sustitución del Lic. Ramón Fernández Bueno.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 323-94 que nombra al Lic. José Luis Guzmán Bencosme, Director Ejecutivo del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 323-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Lic. José Luis Guzmán Bencosme, queda designado Director Ejecutivo del Fondo Especial para el Desarrollo Agropecuario (FEDA).

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 322-94 que declara el 18 de octubre de cada año, como "Día del Sello Postal Dominicano".

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 322-94

                        CONSIDERANDO: Que el día 18 de octubre de 1985 se puso en circulación la primera emisión de sellos postales adhesibles para el franqueo de la correspondencia en la República Dominicana;

                        CONSIDERANDO: Que los sellos dominicanos han sido y seguirán siendo mensajeros de buena voluntad hacia todas las naciones del mundo;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se declara el día 18 de octubre de cada año "Día del Sello Postal Dominicano".

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre  del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 321-94 que nombra al Dr. Juan Esteban Olivero Féliz, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Corea.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 321-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Juan Esteban Olivero Félix, queda designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República de Corea.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 320-94 que nombra al Lic. Juan Sención, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Producción Pecuaria.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 320-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Lic. Juan Sención, queda designado Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Producción Pecuaria (CONAPROPE).


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 319-94 que nombra a los señores Ing. Jesús María Matos Matos y Virgilio Pérez Curiel, Subdirector Técnico y Subdirector Administrativo, respectivamente, del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 319-94

                        VISTA  la solicitud No.2950 del 10 de octubre de 1994, elevada al Poder Ejecutivo por el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI);


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Ing. Jesús María Matos Matos, queda designado Subdirector Técnico del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), en sustitución del Ing. Leonardo Velázquez.

                        Artículo 2.- El señor Virgilio Pérez Curiel, queda designado Subdirector Administrativo del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), en sustitución del Ing. Eugenio Santelises.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 318-94 que concede exequátur a varias personas para que puedan ejercer las funciones de Vicecónsules de los Estados Unidos de Norteamérica en Santo Domingo, República Dominicana.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 318-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se concede exequátur a favor de los señores Lee MacTaggart, Katherine L. Brandeis, Carlos Medina, Jonatahn Jay Beighle, Joseph F. Tilghman Jr., Paul M. Cantrelle, Alfred Ben Anzaldua y Benjamín M. Lowe, como Vicecónsules de los Estados Unidos de América en Santo Domingo, R.D., a fin de que puedan ejercer sus funciones.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

miércoles, 25 de septiembre de 2013

Decreto No. 317-94 dispone que el afrecho de trigo deberá ser vendido por Molinos Dominicanos a un precio no superior de RD$39.00 el quintal.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 317-94

                        CONSIDERANDO: Que el afrecho de trigo, alimento para el ganado de gran consumo en todo el país, está llegando a precios excesivos a los consumidores, especialmente a los ganaderos y a otros miembros igualmente importantes del sector agropecuario.

                        CONSIDERANDO: Que el precio de RD$75.00 el quintal, establecido en la práctica por los expendedores de ese artículo obedece a una grosera especulación que beneficia principalmente a los intermediarios, puede ser sustancialmente reducido sin que la empresa Molinos Dominicanos experimente una merma sensible en su economía.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se dispone que el afrecho de trigo deberá ser vendido a partir de la fecha del presente Decreto por la propia administración de Molinos Dominicanos, con exclusión de todo intermediario, a un precio no superior de RD$39.00 el quintal.

                        Artículo 2.- El presente Decreto deroga el No.153-92 del 15 de mayo de 1992.

                        Artículo 3.- Comuníquese a la Corporación Dominicana de Empresas Estatales, (CORDE) y al Consejo Nacional de Producción Pecuaria, (CONAPROPE).

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 316-94 que nombra al Teniente Coronel Henry Peralta, P.N., Subdirector de la Defensa Civil. Deroga el Decreto No. 280-94.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 316-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Queda derogado el Decreto No.280-94 del 22 de septiembre de 1994.

                        Artículo 2.- El Teniente Coronel Henry Peralta, P.N., queda designado Subdirector de la Defensa Civil.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 315-94 que nombra al Coronel Julio Bienvenido Grullón Méndez, E. N., Director General de Foresta.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 315-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Coronel Julio Bienvenido Grullón Méndez, E. N., queda designado Director General de Foresta, en sustitución del Ing. Arq. Miguel Francisco Amaro Guzmán.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 314-94 que nombra al señor Jorge Bedrán Matos, Cónsul Honorario de la República en Guadalajara, Méjico.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 314-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Jorge Berán Matos, queda designado Cónsul Honorario de la República Dominicana en Guadalajara, Méjico, en sustitución del señor Jorge Bedrán Lugo (fallecido).

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 313-94 que modifica el Art. 7 del Decreto No. 279-93 del 13 de octubre de 1993.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 313--94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se modifica el Artículo 7 del Decreto No. 279-93 de fecha 13 de octubre de 1993, a fin de que en lo adelante diga textualmente así:

                        "Artículo 7.- El Fondo de Promoción a las Iniciativas Comunitarias (Pro-Comunidad), tendrá una duración temporal no menor de seis (6) años, a partir de la publicación del Decreto No.279-93 de fecha 13 de octubre de 1993, en el entendido de que una vez que el Poder Ejecutivo considere el término de la entidad, se dará un plazo de tres (3) meses, a fin de que Pro-Comunidad pueda dar los pasos necesarios para transferir a las instituciones estatales correspondientes las obligaciones, derechos y créditos de que fuere titular.  En el caso de que hubiese recursos excedentes no especializados estos recursos serán transferidos a la Tesorería Nacional".


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once (11) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 312-94 que nombra a la licenciada Eridania Reyes, Encargada de Coordinar las Acciones del Gobierno con los Organismos Privados y Oficiales creador para la Promoción de la Juventud.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 312-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La Licda. Eridania Reyes, queda designada Encargada de Coordinar las Acciones del Gobierno con los Organismos Privados y Oficiales creados para la Promoción de la Juventud, en sustitución del Dr. Carlos Manuel Matos Peña.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 311-94 que nombra al Dr. Tomás de los Santos L., Procurador General de la Corte de Apelación de San Cristóbal.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 311-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Dr. Tomás de los Santos L., queda designado Procurador General de la Corte de Apelación de San Cristóbal, en sustitución del Lic. José Arturo Uribe Efres.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 310-94 que nombra al señor Carlos Modesto Guzmán Valerio, Director del Instituto Postal Dominicano.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 310-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Carlos Modesto Guzmán Valerio, queda designado Director General del Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM), en sustitución del Dr. Alejandro Sócrates Del Orbe Báez.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.309-94 que nombra al señor Conrado Matías, Presidente Administrador del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 309-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El señor Conrado Matías, queda designado Presidente Administrador del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), en sustitución del Ing. Gilberto E. Valdez Vidaurre.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 308-94 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, al señor Theodore W. Kheel.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 308-94

                        CONSIDERANDO: los altos merecimientos del señor Theodore W. Kheel, pionero y promotor del turismo en la zona este del país, labor que ha realizado durante los últimos veinticinco años,

                        VISTA  la Ley No. 1352, de fecha 23 de julio de 1937, y

                        OIDO  el parecer del Consejo de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón,

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, al señor Theodore W. Kheel.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer