lunes, 6 de junio de 2011

Decreto No. 274-90 que dispone un aumento de un 30% en los sueldos y salarios de los servidores públicos.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 274-90

                        CONSIDERANDO: Que, como parte de las medidas que serán tomadas conforme al Pacto de Solidaridad Económica suscrito en fecha 6 de agosto de 1990 por importantes sectores de la vida nacional, se contempla un aumento general en los salarios de los servidores del Estado y de los empleados y obreros del sector privado.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Con efectividad a partir de la publicación del presente Decreto, quedan aumentados en un treinta por ciento (30%) los sueldos y salarios que devengan todos los servidores civiles y militares del Estado Dominicano y de sus instituciones autónomas y descentralizadas.

                        Artículo 2.- Se instruye a la Oficina Nacional de Presupuesto a fin de que se realice los arreglos presupuestarios de lugar para que, con cargo a las apropiaciones establecidas en el Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos para 1990, se coordinen los recursos necesarios para cubrir los aumentos de los sueldos y salarios de los servidores públicos, conforme a las disposiciones del presente Decreto.

                        Artículo 3.- Las instituciones autónomas y organismos descentralizados del Estado deberán cubrir los aumentos dispuestos mediante el presente Decreto, con cargo a los respectivos presupuestos que les fueron aprobados para el año de 1990.

                        Artículo 4.- El aumento de salario a que se refiere el presente Decreto, queda exento del pago del impuesto Sobre la Renta.

                        Artículo 5.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas y a la Oficina Nacional del Presupuesto, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


Decreto No. 273-90 que crea e integra una Comisión, encargada de investigar las denuncias en torno al fraude detectado contra el Estado Dominicano relativo a los cheques certificados destinados al pago de obligaciones fiscales a nombre de Colectores de Rentas Internas y depositados en una cuenta en el Banco de Reservas.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 273-90
                        CONSIDERANDO: Que se ha detectado un fraude, al parecer de gran magnitud, que afecta los fondos del Estado a ser depositados en el Banco de Reservas de la República Dominicana por los Colectores de Rentas Internas, a quienes los contribuyentes expedían cheques certificados por bancos comerciales para el pago de sus obligaciones fiscales;

                       CONSIDERANDO: Que es de vital importancia la realización de una investigación exhaustiva en torno a ese hecho, a fin de determinar los responsables de la comisión del mencionado fraude y su posterior sometimiento a la acción de la justicia.

                  En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se crea una Comisión integrada por el Contralor General de la República, los Consultores Jurídicos de la Secretaría de Estado de Finanzas, de las Direcciones Generales de Rentas Internas y del Impuesto sobre la Renta, de la Superintencia de Bancos y del Banco de Reservas de la República Dominicana y por el señor Rafael Hernández Medina, Inspector Contador de Rentas Internas, la cual tendrá a su cargo, de manera principal:

                        a) Prestar el auxilio que fuere necesario a la Procuraduría General de la República y a la Policía Nacional, en las exhaustivas investigaciones que deberán realizarse en torno al fraude detectado contra el Estado Dominicano, en relación con los cheques certificados destinados al pago de obligaciones fiscales, expedidos a nombre de los Colectores de Rentas Internas, para ser depositados exclusivamente a favor del Tesorero Nacional en la Cuenta República Dominicana en el mencionado Banco de Reservas; y

                        b) Rendir el informe correspondiente al Poder Ejecutivo del resultado final de las investigaciones, luego de que hayan sido sometidos a la acción de la justicia los responsables del mencionado fraude.

                        Artículo 2.- La Secretaria de Estado de las Fuerzas Armadas y todos los Departamentos de la Administración Pública y de las Instituciones Autónomas del Estado que sean requeridos al efecto, deberán prestar la colaboración que fuere necesaria a la Procuraduría General de la República, a la policía Nacional y a la comisión creada mediante el presente Decreto, para la obtención de los mejores resultados en los trabajos de investigación puestos a su cargo.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.



JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 272-90 que concede naturalización provisional a varios menores.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 272-90

                        VISTA las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo los señores que aparecen en la parte dispositiva del presente Decreto, para que les sea concedida la naturalización dominicana provisional a sus respectivos hijos menores;

                        VISTOS los documentos que acompañan dichas instancias;

                        VISTO  el párrafo I del artículo 26 de la Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana y provisional en favor de los siguientes menores:

                        1.- Eu-Ring Chang (A) Jelene Chang, nacida en la República de China, el 3 de mayo de 1987, hija del señor Chun Lu Chang.

                        2.- Chung Ding Tsai, nacida en la República de China, el 25 de julio de 1987, hijo del señor Cheng-Ta Tsai.

                        3.- Yolanda Frey Suazo, nacida en Graeya España, el 9 de marzo de 1978, hija de la señora Carmen Suazo de Frey.

                        4.- Maika Mariel Schorgmayer García, nacida en Oberndorf Austria, el 19 de agosto de 1978, hija de la señora Virgilia Trinidad García de Schorgmayer.

                        5.- Jean Manuel Beauchamps Noriega, nacido en República de Panama el 26 de agosto de 1989, hijo del señor Jean Rene Beauchamps Galván.

                        Artículo 2.-  Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 271-90 que concede naturalización Dominicana a varias personas.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 271-90

                        VISTAS las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, han elevado al Poder Ejecutivo las personas que aparecen en el presente Decreto:

                        VISTA  la Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:

                        1.- A los esposos Fa-Yu Liang y Kueis-Ying Chen de Liang y sus hijos menores Chih Kai y Yao Chung Liang, de nacionalidad china;

                        2.- Al señor Chi-Chih Liao, de nacinalidad china;

                        3.- Al señor Luis Alberto García Barberena, de nacionalidad nicaragüense;

                        4.- A los esposos John Fung Cheung Li y Nancy Sau Fong de Li y sus hijos Lu Jen Laurence y Lewyn Li, británicos;

                        5.- A los esposos Kuang-yu Liang y Sui-yun Chien y sus hijos Han-Jen Liang y Yu-Hsiang Liang, de nacionalidad china;

                        6.- A la señora Magali Rodríguez González, de nacionalidad cubana;

                        7.- Al señor Su-Tang Wang, de nacionalidad china;

                        8.- A los esposos Yi-Lan Huang y Li-Chiu de Huang, de nacionalidad china;

                        9.- Al señor Ibrahim Abdallah Moussa, de nacionalidad libanesa;

                        10.- Al señor Guo-Ji Wu Hoo, de nacionalidad boliviana;

                        11.- A los esposos Ming-Tsai Lin y Chin-Ying Tsai de Lin y a sus hijos Chung-Yu Lin Tsai y Kuang-Cheng Lin Tsai, de nacionalidad china;

                        12.- A los esposos Sheng-Li Yang y Shu-Chan de Yang y sus hijos Wei Shun y Cheng Yao Yang, de nacionalidad china;

                        13.- Al señor Jian-Li Yu Wu, de nacionalidad boliviana;

                        14.- Al señor Raja Hanna Bahsa, de nacionalidad libanesa;

                        15.- Al señor Charng Cherng Liu, de nacionalidad china;

                        16.- Al señor Sang Kuen Ng, de nacionalidad china;

                        17.- Al señor Kyung Rak Son, de nacionalidad coreana;

                        18.- Al señor Kuang Ming Lin, de nacionalidad china;

                        19.- A los esposos Chi Kong Cheung y So-Ngor Ng de Cheung y sus hijos yeuk-Fai y Yeuk Shing Cheung, de nacionalidad china;

                        20.- Al señor Samih Shimi, de nacionalidad libanesa;

                        21.- Al señor Chi-Yee Ng, de nacionalidad china;

                        22.- Al señor Li-Fu Huang, de nacionalidad china;

                        23.- Al señor Si-Ming Ng o Shu-Ning Wu, de nacionalidad china;

                        24.- A los señores Chih-Pin Wang Sheng y Yuh-Meei Lai de Wang, de nacionalidad china;

                        25.- Al señor Yuk Tong Mok, de nacionalidad china;

                        26.- A los señores Yu-chun Liu, Mei-yin Pane de Liu y Choun-Zo Liu, de nacionalidad china;

                        Artículo 2.- Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía o del Gobernador Civil Provincial, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dichos funcionarios.

                        Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 270-90 que autoriza a varios Ayuntamientos del país a vender inmuebles de su propiedad.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 270-90

                        VISTA la Ley No.4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 del 14 de junio de 1961;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender:

                        1.- Al señor Ramoncito Peguero Frias, la Parcela No. 42 (Parte), del Distrito Catastral No.30 del Distrito Nacional, lugar de Guerra, con una extensión superficial de 216.13 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,121.30.

                        2.- Al señor Julio A. Rojas, el solar No.16 (Parte), de la Manzana No.779, del Distrito Catastral No.1 Villa Consuelo, con un área de 122.50 metros cuadrados, por el precio total de RD$15,312.50.

                        3.- A la Ing. Flerida Tejada de Carvajal, una porción de terreno con área de 79.35 tareas, ubicadas en el poblado de Guerra, Distrito Nacional, dentro de las Parcelas Nos.31, 32 y 33 del Distrito Catastral No.30, por el precio total de RD$79,350.00.

                        Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender:

                        1.- A la señora Sixta Lucía Gómez de Infante, el solar No.9, de la Manzana Municipal No.8, ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.220 (parte), del Distrito Catastral No.6, con un área de 288.65 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,773.00.

                        2.- Al señor Heriberto Rosario, el solar No.2, de la Manzana No.5,  dentro de la parcela No.7-C-8-1, del Distrito Catastral No.8, con un área de 2201.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$121,055.00.

                        3.- Pedro Antonio Lantigua, el solar No.1271 de la Manzana No.83, ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.126 del Distrito Catastral No.1, con un área de 133.25 metros cuadrados, por el precio total de RD$10,826.00.

                        4.- Al señor Rafael Vila, el solar No.90-B-7-Al-Bl de la Manzana No.2, ubicado dentro del ámbito de la parcela No.213 del Distrito Catastral No.6, con un área de 316.57 metros cuadrados, por el precio total de RD$18,994.20.

                        5.- A la señora Carmen Grecia García Justo, el solar No.628 de la Manzana Municipal No.30, ubicado dentro del ámbito de la manzana No.366 del Distrito Catastral No.1, (ubicado dentro de la parcela catastral No. 129) del Distrito Catastral No.6 con un área de 131.34 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,925.25.

                        6.- Al señor Rafael Marte, el solar No.1-Bis, de la Manzana Municipal No.8, dentro del ámbito de la parcela No.154-A, del Distrito Catastral No.6, con un área de 244.84 metros cuadrados, por el precio total de RD$12,242.00.

                        7.- Al señor Rafael Higinio Corona, el solar No.10, de la Manzana Municipal No.64, dentro de la parcela No.56, del Distrito Catastral No.8, con un área de 221.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$6,630.00.

                        8.- A la señora María Rosa Luna P., el solar No.2052, de la Manzana Municipal No.147, correspondiente al solar catastral No.36, de la Manzana catastral No.141, del Distrito Catastral No.1, con un área de 214.48 metros cuadrados, por el precio total de RD$13,941.20

                        9.- A la señora Thelma Figueroa, el solar No.1-A, ubicado dentro de la Manzana catastral No.1019 del Distrito catastral No.1, con un área de 879.01 metros cuadrados, por el precio total de RD$38,456.69.

                        10.- A la señora Silvestrina Senovia Almonte Toribio, los solares que se detallan a continuación:

                        a) El solar No.2615-A-13, de la Manzana Municipal No.189, parcela No.1, localizado dentro de la porción No. "A", del Distrito Catastral No.1, con un área de 82.66 metros cuadrados por el precio total de RD$3,306.40.

                        b) El solar No.2615-A-13, de la Manzana  No.189, parcela Municipal No.1, ubicado dentro de la porción catastral No. "A", del Distrito Catastral No.1, con un área de 72.47 metros cuadrados por el precio total de RD$2,898.80.

                        11) Priamo Arcadio Rodríguez Castillo, el solar No.86-C, Manzana No.2, ubicado dentro del ámbito de la parcela No.213-B-F, del Distrito Catastral No.6, con un área de 1532.59 metros cuadrados, por el precio total de RD$47,188.45.

                        12) Al señor Gustavo Calderón, el solar No.70-B y 73 (resto) Manzana No.2, dentro de la parcela No. 212 (parte) del Distrito Catastral No.6, con un área de 2,907.33 metros cuadrados, por el precio total de RD$72,683.25.

                        13) Al señor Francisco Antonio Aponte Díaz, el solar No.28, de la Manzana Municipal No.6-A-Sur ubicado dentro del ámbito de la parcela No.794 del Distrito Catastral No.6, con un área corregida de 80.88 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,022.00.

                        14) Al señor José Mauricio Estrella, el solar No.339.-A de la Manzana No.18, ubicado dentro de la porción Catastral "E", del Distrito Catastral No.1, con un área de 236.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$14,160.00.

                        15) A la señora Dominga Altagracia López Moya el solar No.203-A, Manzana No.13, ubicado dentro del ámbito de la porción catastral "B", del Distrito Catastral No.1, con un área de 113.60 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,840.00.

                        16) Al señor francisco Antonio Genao Cruz, el solar No.8. de la Manzana No.61, ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.56 del Distrito Catastral No.8, con un área de 101.56 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,031.20.

                        17) Al señor Hugo Miguel Bautista Espaillat, el solar No.11, de la Manzana No.12-N correspondiente al solar Catastral No.6, de la Manzana 725, del Distrito Catastral No.1, con un área de 94.95 metros cuadrados, por el precio total de RD$2,088.90.

                        18) Al señor Enerio Noesi, el solar No.860-A de la Manzana No.41 del Distrito Catastral No.1, con un área de 348.74 metros cuadrados, por el precio total de RD$10,462.20.

                        19) A la señora Dolores Altagracia Felipe de Germosen, el solar No.17, de la Manzana No.45, ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.129-A, del Distrito Catastral No.6, con un área de 208.10 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,162.00.

                        Artículo 3.-  Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Hato mayor a vender:

                        1.- A la señora Matilde Lorenzo de Mazara, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.64-A, del Distrito Catastral No.1, con un área de 157.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,925.00.

                        2.- A la Asociación de Comerciantes Detallistas, Inc., el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.93, del Distrito Catastral No.1, con un área de 489.44 metros cuadrados, por el precio total de RD$16,518.60.

                        3.- A la señora Leida Teresa Rodríguez de Rivera el solar ubicado dentro del ámbito de la porción "H" del Distrito Catastral No.1, con un área de 1,657.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$16,570.00.

                        4.- Al señor José A. Martínez, los solares que se indican a continuación:

                        a) El solar ubicado dentro del ámbito de la porción "D", del Distrito Catastral No.1, con un área de 277.28 metros cuadrados, por el precio total de RD$8,318.40.

                        b) El solar ubicado dentro del ámbito de la porción "D", del Distrito Catastral No.1, con un área de 317.28 metros cuadrados, por el precio total de RD$9,518.40.

                        c) El solar ubicado dentro del ámbito de la porción "D", del Distrito Catastral No.1, con un área de 229.69 metros cuadrados, por el precio total de RD$6,890.70.

                        d) El solar ubicado dentro del ámbito de la porción "B", del Distrito Catastral No.1, con un área de 127.50 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,187.50.

                        5.- A la señora Mercedes Mota de Mota, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.68-B, del Distrito Catastral No.1, con un área de 192.86 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,471.48.

                        6.- Al señor Felix Palmero, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.69-B, del Distrito Catastral No.1, con un área de 196.99 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,939.80.

                        Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca a vender:

                        1.- A la señora Altagracia Beatriz Santos, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.86, del Distrito Catastral No.1, con un área de 182.23 metros cuadrados, por el precio total de RD$7,289.20.

                        2- Al señor Juan José Portes Guzmán, el solar ubicado dentro del ámbito Catastral No.7 (parte), Manzana catastral No.123 del Distrito Catastral No.1, con un área de 162.62 metros cuadrados, por el precio total de RD$6,504.80.

                        3.- A la señora Bernarda Rosario Camacho, el solar Catastral No.2-prov. dentro de la porción "F", del Distrito Catastral No.1, con un área de 259.59 metros cuadrados, por el precio total de RD$9,085.65.

                        4.- A la señora Digna Altagracia García Siri, el solar Catastral No.3-prov. ubicado dentro del ámbito de la porción "F", del Distrito Catastral No.1, con un área de 250.47 metros cuadrados, por el precio total de RD$8,766.45.

                        5.- A la señora Ana Cristina Hernández de Terrerc, el solar Catastral No.4-prov. ubicado dentro del ámbito de la porción "F", del Distrito Catastral No.1, con un área de 229.23 metros cuadrados, por el precio total de RD$8,023.05.

                        Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Mao, Valverde a vender:

                        1.- A la señora María del Rosario Borbon, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.74 del Distrito Catastral No.1, con un área de 390.73 metros cuadrados, por el precio total de RD$7,326.19.

                        2.- A la señora Borgia Martínez Núñez, el solar ubicado dentro del ámbito de la porción "H", (Catastral) del Distrito Catastral No.1, con un área de 278.60 metros cuadrados, por el precio total de RD$6,129.20.

                        Artículo 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Puerto Plata a vender al señor Eddy Rafael Quiroz Mercado, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.78 del Distrito Catastral No.1, con un área de 218.11 metros cuadrados, por el precio total de RD$18,539.35.

                        Artículo 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higüey, a vender al señor Gregorio Garrido, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana Catastral No.23 del Distrito Catastral No.11, con un área de 203.32 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,676.36.

                        Artículo 8.- se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Sabana de la Mar a vender al señor Rusquing Meregildo González Eusebio, una porción de terreno ubicado dentro del ámbito de la parcela No.69 (parte), del Distrito Catastral No.39/6ta., con un área de 11,301.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$101,709.00.

                        Artículo 9.- se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Esperanza a vender al señor Edgar Ramón Minier, el solar ubicado dentro del ámbito de la parcela Catastral No.89 , del Distrito Catastral No.4, con un área de 1,192.29 metros cuadrados, por el precio total de RD$17,884.35.

                        Artículo 10.- se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Monte Crísti vender a Minerales del Morro, C por A., representada por su presidente Ing. Felipe J. Castillo Peña el solar ubicado dentro del ámbito de la porción "A" catastral, del Distrito Catastral No.1, con un área corregida de 3908.54 metros cuadrados, por el precio total de RD$35,176.86.

                        Artículo 11.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Rafael del Yuma, a vender al señor Donald Eduard Smith, el solar ubicado dentro del ámbito de la parcela catastral No.95, del Distrito Catastral No.10/3era., con un área de 298.09 metros cuadrados, por el precio total de RD$10,433.15.

                        Artículo 12.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Dajabón a vender al señor Heriberto Taveras, el solar ubicado dentro del ámbito de la Manzana No.45 del Distrito Catastral No.1, con un área de 215.68 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,666.56.

                        Artículo 13.- Se modifica el acápite (a) del articulo 1 del decreto No.31-90 del 8 de enero de 1990 para que en lo adelante rija de la siguiente manera:

                        Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender al Banco de Reservas de la República Dominicana los siguientes inmuebles:

                        Una porción de terreno dentro del solar No.4-Def. (parte posterior) con un área de 254.06 metros cuadrados; una porción de terreno dentro del solar No.5-def. (parte posterior) con área de 54.58 metros cuadrados; Solar No.6-Def. con un área de 286.78 metros cuadrados; Solar No.7-Def. con un área de 235 metros cuadrados; una porción de terreno dentro del solar No.8-Def. (parte posterior) con un área de 125.08 metros cuadrados; Solar No.17-Def. con un área de 317.06 metros cuadrados; Solar No.18-Def. con un área de 678.41 metros cuadrados; y Solar No.19-Def. con un área de 347.37 metros cuadrados,  todos dentro de la Manzana No.304; el Solar No.7 del Distrito Catastral No.26 (SIC) (hoy No.1); y los restantes del mismo Distrito Catastral No.1 del Distrito Nacional, incluyendo las mejoras actualmente existentes en los mismos, consistentes en una edificación de seis (6) niveles construidos de hormigón armado (parqueo Isabel la Católica, con un área de construcción de 7,788.93 metros cuadrados, por el precio total de RD$7,000.000.00.

                        Artículo 14.- Se modifica el acápite "C" del artículo único del Decreto No.3641 del 2 de julio de 1973 para que en lo adelante rija de la siguiente manera:

                        Articulo Unico.- Se autoriza al ayuntamiento del Distrito Nacional a vender a la señora Evelin de Alvarez, el solar No.2 (parte) de la Manzana No.1539 del Distrito Catastral No.1 sector de Arroyo Hondo con un área de 730.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,320.00.

                        Artículo 15.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policia y a ls Liga Municipal Dominicana para fines correspondientes.

                      DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.

JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 269-90 que autoriza a la Junta de Aeronáutica Civil a expedir a varias Líneas Aéreas Certificado de Explotación.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 269-90

                        VISTAS las solicitudes de la Junta de Aeronáutica Civil;

                        VISTA la recomendación del Asesor del Presidente de la República para Asuntos de Aviación Civil y Aeroportuarios;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se autoriza a la Junta de Aeronáutica Civil a expedir los siguientes Certificados de Explotación:

                        a) A la empresa ALAS NACIONALES, S.A., para que pueda operar Servicios de Transporte Aéreo no regular de pasajeros y carga, Domésticos e Internacionales, así como Taxi Aéreo, Doméstico e Internacional.

                        b) A la empresa AEREO JR., S.A., para que pueda operar Servicios de Transporte Aéreo no regular de pasajeros y carga, Domésticos e Internacionales, asi como Taxi Aéreo, Doméstico e Internacional.

                        c) A la empresa CARIBAIR, S.A., para que pueda operar Servicios de Transporte Aéreo no regular de pasajeros, carga, Doméstico e Internacional y Servicios de Trabajos Aéreos.

                        Artículo 2.- Se autoriza a la Junta de Aeronáutica Civil a renovar los siguientes Certificados de Explotación:

                        a) A la empresa TRABAJOS AEROAGRICOLAS TECNICOS, C. POR A., el Certificado de Explotación No.11.

                        b) A la empresa LUFTHANSA, el Certificado de Explotación No.95.

                        c) A la empresa AIR CANADA, el Certificado de Explotación No.82.

                        d) A la empresa AEROLINEAS DOMINICANAS, S.A., el Certificado de Explotación No.17, excluyendo la ruta Santiago/Puerto Príncipe y viceversa.

                        e) A la empresa AIR BVI, LTD, el Certificado de Explotación No.94.

                        Artículo 3.- Se autoriza a la Junta de Aeronáutica Civil a enmendar los siguientes Certificados de Explotación:

                        a) A la empresa TAINO AIR  LINES, S. A., el Certificado de Explotación No.43, para que incluya operaciones regulares de carga en la ruta Santo Domingo/New York/Santo Domingo.

                        b) A la empresa TURKS AND CAICOS NATIONAL AIR LINE, el Certificado de Explotación No.58, para que incluya la ruta Grand Turk-South/Santo Domingo y viceversa.

                        Artículo 4.- Se autoriza a la Junta de Aeronáutica Civil a cancelar, de manera definitiva, el Certificado de Explotación No.91, expedido a favor de la Empresa WANDAIR CANADA, INC.

                        Artículo 5.- Los Certificados de Explotación cuya expedición y renovación se autorizan, tendrán una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la fecha del presente decreto, con excepción de los casos de LUFTHANSA y AIR CANADA, los cuales tendrán una vigencia de un (1) año, contados a partir de esa misma fecha, por el carácter provisional de los mismos.

                        Artículo 6.- Envíese a la Junta de Aeronáutica Civil y al Asesor del Presidente de la República para Asuntos de Aviación Civil y Aeroportuarios, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 268-90 que autoriza a la empresa "Consorcio Turístico Torre Vista Mar, S.A., a cambiar uso de suelo.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 268-90

                        VISTA la solicitud que ha elevado al Poder Ejecutivo la empresa Consorcio Turístico Torre Vista Mar, S.A.;

                        VISTO el Decreto No.3139, de fecha 22 de marzo de  1982;

                        VISTA la recomendación del Departamento de Infraestructura Turística (INFRATUR), del Banco Central de la República Dominicana.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se autoriza a la empresa "Consorcio Turístico Torre Vista Mar, S.A." al cambio de uso de suelo de las Parcelas Nos.1-C, 1-E, 1-F, 1-G, y 2 del Distrito Catastral No.3 del Municipio de Gaspar Hernández, a fin de que en el mismo se pueda desarrollar un proyecto turístico que constará de marinas, campos de golf, centro deportivo, centro comercial, apartamentos, hoteles de lujo tipo internacional algunos con altura de 15 pisos, etc.

                  Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Turismo, a la Marina de Guerra y al Banco Central de la República Dominicana, para los fines correspondientes.

                      DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER