viernes, 20 de septiembre de 2013

Decreto No. 263-94 que nombra a los Dres. José Ramón Díaz Valdepares y Santiago Cruz López, respectivamente, Embajadores Concurrentes de la República en Bolivia y en la Federación de Rusia.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 263-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Doctor José Ramón Díaz Valdepares, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en Perú, queda designado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Bolivia, concurrentemente.

                        Artículo 2.- El Doctor Santiago Cruz López, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en la República Federal de Alemania, queda designado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la Federación de Rusia, concurrentemente.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.262-94 que nombra al Contralmirante Geraldo Santana Solano, M. de G., Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, con el rango Transitorio de Vicealmirante, M. de G.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 262-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Contralmirante Geraldo Santana Solano, M. de G., queda designado Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, en sustitución del Vicealmirante Iván Vargas Céspedes, M. de G., y ostentará el rango transitorio de Vicealmirante M. de G., mientras desempeñe dichas funciones.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 261-94 establece que la Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., depositará los valores producto de la comercialización de los derivados del petróleo, incluyendo los especializados por concepto del "Diferencial a los Carburantes" en el Banco Central de la República Dominicana.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 261-94

                        CONSIDERANDO: Que es prioridad nacional asegurar los fondos necesarios que aporta el Estado para el pago de la Deuda Pública Externa que se realiza a través del Banco Central de la República.

                        CONSIDERANDO: La vocación para estos fines de los valores de los "Diferenciales a los Carburantes", resultantes del precio de venta en Refinería y de la "Paridad de Importación".

                        CONSIDERANDO: Que es necesario que estos valores para el pago de la Deuda Pública Externa estén dotados de mejores y más adecuados mecanismos de control que permitan al Estado Dominicano dar un adecuado destino a los recursos obtenidos por medio de los "Diferenciales a los Carburantes" y que éstos sean recibidos por el Banco Central de la República de la fuente de origen en forma inmediata.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- La Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., depositará los valores producto de la comercialización de los derivados del petróleo, incluyendo los especializados por concepto del "Diferencial a los Carburantes", en el Banco Central de la República en la cuenta Gobierno Dominicano, Cuenta para el Pago de la Deuda Externa, Aporte del Gobierno Central No.2253-10.

                        Artículo 2.- El Banco Central de la República expedirá a la Refinería Dominicana de Petróleo, S. A. la constancia de ese depósito.

                        Artículo 3.- El Banco Central de la República deberá informar de los valores recibidos al Poder Ejecutivo, a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Contraloría General de la República y a la Tesorería Nacional, para los fines de comprobación y registro.

                        Artículo 4.- La Refinería Dominicana de Petróleo, S.A., remitirá copia de los depósitos y pago que realice en el Banco Central de la República, al Poder Ejecutivo y a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.

                        Artículo 5.- Envíese al Banco Central de la República, a la Secretaría de Estado de Finanzas, a la Contraloría General de la República, a la Refinería Dominicana de Petróleo S.A., y a la Tesorería Nacional, para su más estricto cumplimiento.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.

Joaquín Balaguer

Decreto No. 260-94 que nombra a los licenciados José Olivo y Rafael Piña Abreu, Subdirector Administrativo del Instituto Agrario Dominicano y Subadministrador General de Bienes Nacionales, respectivamente.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 260-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Lic. José Olivo, queda designado Subdirector Administrativo del Instituto Agrario Dominicano, en sustitución de la Sra. María Estela Conde.

                        Artículo 2.- El Lic. Rafael Piña Abreu, queda designado Subadministrador General de Bienes Nacionales, en sustitución de la Lic. María E. Rodríguez.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 259-94 que nombra varios funcionarios en la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 259-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Lic. Narciso Hernández, queda designado Director General Administrativo de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución de la Licda. María E. Amézquita Candelier.

                        Artículo 2.- El Arq. Luis A. Serret Ferreira, queda designado Director General de Edificaciones, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones.

                        Artículo 3.- El Ing. Rafael O. Monegro Santos, queda designado Subdirector General de Equipo y Transporte, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Gilberto Guerrero.

                        Artículo 4.- El Ing. Narciso E. Rosario Vargas, queda designado Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Mantenimiento de Carreteras y Caminos Vecinales, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones.

                        Artículo 5.- El Lic. Pedro Luis Pichardo Muñiz, queda designado Consultor Jurídico de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Dr. Manuel Ramón Peña Conce.

                        Artículo 6.- El Lic. José Alberto Duarte Junquera, queda designado Subdirector Administrativo de Equipo y Transporte, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Mayor Francisco A. Pérez Vásquez.

                        Artículo 7.- El Ing. Hernán Cuello, queda designado Director General de Carreteras y Caminos Vecinales de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Julio C. Pourie.

                        Artículo 8.- El Ing. Julio C. Pourie, queda designado Director General de Supervisión y Fiscalización de Obras, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución de la Ing. Dulce Ma. García V.

                        Artículo 9.- La Ing. Dulce Ma. García Vargas, queda designada Directora General de Mantenimiento de Carreteras y Caminos Vecinales, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Hernán Cuello.

                        Artículo 10.- El Ing. Edgar R. Messina, queda designado Subdirector de Mantenimiento de Carreteras y Caminos Vecinales, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Alfredo Cross Frías.


                        Artículo 11.- El Ing. Samuel García Ramírez, queda designado Subdirector Administrativo de la Dirección General Administrativa, de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Lic. Mario Espinosa.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.258-94 que nombra varios funcionarios distintas dependencias del Estado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 258-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Lic. Angel Lockward, Ordenador de Lomé IV, queda investido con el rango de Secretario de Estado.

                        Artículo 2.- El Dr. Miguel Angel Estepan, Director General del Instituto Dominicano de Seguros Sociales, queda investido con el rango de Secretario de Estado.

                        Artículo 3.- La Profesora Nury García de Papaterra, queda designada Secretaria de Estado sin Cartera, con asiento en la provincia de Hato Mayor, en sustitución del Dr. Julio De Veras De La Cruz.

                        Artículo 4.- La señora Rosa Domínguez de Ceballos, queda designada Asistente del Señor Presidente de la República.

                        Artículo 5.- La Licda. Carmen Gómez, queda designada Contralor y Auditor General de la Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE), en sustitución de la Licda. Francisca García.

                        Artículo 6.- El Dr. José Arismendy Pantaleón, queda designado Subdirector del Hospital Regional Universitario "José María Cabral y Báez", de Santiago, en sustitución del Dr. Francisco Estepan.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.257-94 que enviste de Plenos Poderes al Dr. Pedro Blandino Canto, Embajador Representante Permanente de la República ante las Naciones Unidas, para suscribir en nombre del Gobierno el "Convenio Internacional del Café de 1994", abierto a la firma en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 257-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Doctor Pedro Blandino Canto, Embajador, Representante Permanente de la República Dominicana ante las Naciones Unidas, queda investido de los Plenos Poderes correspondientes para suscribir en nombre y representación del Gobierno Dominicano el "Convenio Internacional del Café de 1994", abierto a la firma en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

                        Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.256-94 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Comendador, al Dr. Salvador Pitaluga Nivar, fundador de la Asociación Dominicana de Periodistas y Escritores y del Instituto Dominicano de Periodistas.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 256-94


                        CONSIDERANDO: los altos merecimientos del Dr. Salvador Pitaluga Nivar, fundador de la Asociación Dominicana de Periodistas y Escritores y del Instituto Dominicano de Periodistas,


                        VISTA  la Ley No.1113, de fecha 26 de mayo de 1936; y


                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella,


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede al Dr. Salvador Pitaluga Nivar, fundador de la Asociación Dominicana de Periodistas y Escritores y del Instituto Dominicano de Periodistas, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Comendador.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.255-94 que confirma al Vicealmirante Transitorio Iván Vargas Céspedes, M. de G. en su rango y lo designa Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas, con el rango Transitorio de Almirante, y al General de Brigada, P.N. Ramón Alcides Rodríguez Arias, Director del Departamento Nacional de Investigaciones.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 255-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- El Vicealmirante Transitorio Iván Vargas Céspedes, M. de G., queda confirmado en el rango y designado Secretario de Estado de las Fuerzas Armadas, en sustitución del Teniente General Constantino Matos Villanueva, E. N., y ostentará el rango de Almirante Transitorio M. de G., mientras desempeñe dichas funciones.

                        Artículo 2.- El General de Brigada Ramón Alcides Rodríguez Arias, P.N., queda designado Director del Departamento Nacional de Investigaciones, en sustitución del General de Brigada Francisco Javier Jiménez, E.N.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.254-94 que autoriza dos emisiones de sellos postales para el franqueo ordinario de la correspondencia.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 254-94

                        CONSIDERANDO:  Que del 17 al 24 de abril de 1994, la Universidad APEC cumple 30 años de fundada.

                        CONSIDERANDO: Que la Primera Iglesia construida en América celebra sus 500 años.

                        VISTA  la Ley de Especies Timbradas No. 2461 del 18 de julio de 1950.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        ARTICULO 1ro.- Se autorizan las siguientes emisiones de sellos postales para el franqueo de la correspondencia, de acuerdo a las disposiciones técnicas siguientes:

            a) EMISION                           :           250,000 sellos con un valor facial de RD$2.00 (dos pesos).

               DENOMINACION             :           Conmemoración 30 Aniversario Fundación Universidad APEC.

               DISEÑO                              :           Escenas alusivas, llevarán las leyenda REPUBLICA DOMINICANA Y CORREOS.

               TAMAÑO                            :           40 X 30 milímetros.

            b) EMISION                           :           300,000 sellos con un valor facial de RD$3.00 (tres pesos).

               DENOMINACION             :           500 Años Evangelización y Construcción de la Primera Iglesia en América.

               DISEÑO                              :           Escenas alusivas.

               ESPECIFICACIONES     :           Serán dos sellos unidos en 150,000 c/u, llevarán las leyendas REPUBLICA DOMINICANA Y CORREOS.

               CANTIDAD                        :           300,000 ejemplares de RD$3.00.

               TAMAÑO                            :           30 X 40 milímetros.

               VALOR                               :           RD$3.00 (tres pesos).


                        ARTICULO 2.- Los sellos postales mencionados en el Artículo 1.a) serán de forma rectangular, en hojas de 50 sellos, bajo el procedimiento Off-set multicolor.

                        ARTICULO 3.- Los sellos postales mencionados en el Artículo 1.b) serán en forma rectangular, en hojas de 40 sellos, bajo procedimiento Off-set multicolor.

                        ARTICULO 4.- Para las indicadas emisiones se utilizará papel litográfico cromo 56-B, sustancia 103 gms2.


                        ARTICULO 5.- Refiérase a la Secretaría de Estado de Finanzas, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano, y la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro; año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer