jueves, 5 de septiembre de 2013

Decreto No. 121-94 que crea e integra el Comité Organizador de los XI Juegos Deportivos Nacionales, Mao l994.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 121-94

                        CONSIDERANDO: Que el deporte en las sociedades democráticas debe fomentarse mediante el esfuerzo y colaboración conjunta de los sectores público y privado, contribuyendo a que la actividad atlética sea un ente determinante de integración social.

                        VISTA la Ley No.97 del 20 de diciembre de 1974, que crea la Secretaría de estado de Deportes, Educación Física y Recreación.

                        VISTA la Ley No.147 del 27 de junio de 1993, que crea el Fondo para el Fomento de los Deportes Aficionados.

                        VISTO el Decreto No.2913, del 2 de diciembre de 1981, que instituye la celebración de los Juegos Nacionales cada dos años.


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Comité Organizador de los XI Juegos Deportivos Nacionales, Mao 1994, queda integrado por: Lic. Manuel Rodríguez Bonilla, Presidente; Monseñor Tomás Abréu Herrera, Ing. Juan Chalas, General de Brigada Piloto (r) F.A.D., Marcos Antonio Jiménez, 1er., 2do. y 3er. Vice-Presidentes, respectivamente; Lic. Antonio Disla, Secretario General; Reverendo Padre Francisco Lizardo, Tesorero; Señores Oberto Gómez Minaya, Ing. José Valdez Muñoz, General de Brigada (r) F.A.D., Alberto Castro Cruz, Lic. Valentin A. Contreras Núñez, Dr. Juan E. Kunhart, Ramón Antonio Gómez, Ing. Orlando Pérez, Dr. Samuel De Moya, Prof. Luis Manuel Disla, Rolando Mercedes Beltrán Reyes, José Agustín Cordero, Dr. José Mairení Nina Peña, Prof. Rafael Abréu Páez y Ricardo Noboa Fiallo, Miembros; José Napoleón Domínguez Arias, Director General; Lic. José Manuel Camarena Lamarche, Director Administrativo; y Prof. Nelly Manuel Doñé, Director Técnico.

                        Artículo 2.- La Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación queda autorizada a comercializar convenientemente la XI edición de los Juegos Deportivos Nacionales, Mao 1994.


                        Artículo 3.- Se dispone que las instituciones señaladas a continuación presten su concurso y colaboración a la SEDEFIR y al Comité Organizador para garantizar la exitosa celebración de los señalados juegos: Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, Secretaría de Estado de Interior y Policía, Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, Dirección General de Aduanas, Corporación Dominicana de Electricidad, Instituto Agrario Dominicano, Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos, Liga Municipal Dominicana, Corporación Dominicana de Empresas Estatales, Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo, Corporación de Fomento de la Industria Hotelera, Oficina Nacional de Transporte Terrestre, Instituto Nacional de Estabilización de Precios, Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado, Adscrita al Poder Ejecutivo, Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado, Plan Social de Comedores Económicos y Banco Agrícola de la República Dominicana.


                        Artículo 4.- La Secretaría de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación a través de la Dirección General de los XI Juegos Deportivos Nacionales deberá coordinar y atender las disposiciones del presente Decreto.

                        Artículo 5.- Envíese a las Secretarías de Estado, Direcciones Generales y además Instituciones Oficiales citadas, para los fines correspondientes.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.

Joaquín Balaguer

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