lunes, 23 de septiembre de 2013

Decreto No.300-94 que autoriza una impresión de estampillas para fósforos.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 300-94

                        VISTA la Ley No. 2461 del 18 de julio de 1950, sobre Especies Timbradas;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de estampillas para fósforos:

                        300,000.000 (TRESCIENTOS MILLONES) de estampillas para fósforos del tipo RD$0.01 1/3, en papel de 50 libras.

                        Artículo 2.- Estas estampillas serán impresas en color azul y en tamaño de dos y medio centímetros de ancho por cuatro centímetros de largo con el siguiente diseño: en el centro y dentro de un figura rectangular el número uno y un tercio (1 1/3), encima de este número la palabra "Centavo"; en la parte superior se leerá "República Dominicana", "Rentas Internas".

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

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