2001) JOSE DE JS. TAVERAS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2002) JOSE DUARTE, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2003) JOSE FLORENTINO ORTIZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2004) JOSE FRANCISCO ULERIO SUERO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2005) JOSE H. MADERA TORRES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2006) JOSE MARIA MERCADO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2007) JOSE MIGUEL JIMENEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2008) JOSE PAULINO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2009) JOSE RAFAEL CERDA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2010) JOSE VIGUERA GOMEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2011) JOSEFA ALMANZAR DIAZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2012) JOSEFA ANTIGUA MORLA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2013) JOSEFA DOLORES QUIROZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2014) JOSEFA MEJIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2015) JOSEFA PEREZ MENDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2016) JOSEFINA ALT. MARTINEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2017) JOSEFINA DELGADILLO RONDON, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2018) JOSEFINA SATURRIA TORREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2019) JUAN ALEJANDRO DAMBLAO QUIN, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2020) JUAN BAUTISTA BARRENTO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2021) JUAN BAUTISTA MEDRANO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2022) JUAN BAUTISTA PERDOMO PEREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2023) JUAN BAUTISTA SANCHEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2024) JUAN E. HIERRO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2025) JUAN ELIOT PAEZ PELLERANO, una pensión del Estado de mil cincuenta pesos (RD$1,050.00) mensuales.
2026) JUAN ELSA BRITO BRITO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2027) JUAN FRANCISCO DIAZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2028) JUAN PEÑA CRUZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2029) JUAN RAMON PEREZ ES., una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2030) JUANA A. PUJOLS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2031) JUANA ABREU JEREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2032) JUANA ADELINA PUJOLS PEGUERO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2033) JUANA BELIS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2034) JUANA BELLO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2035) JUANA BRISEIDA ENCARNACION, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2036) JUANA BTA. SOTO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2037) JUANA CUEVAS FERRERAS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2038) JUANA E. COOTS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2039) JUANA ESTELA VICIOSO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2040) JUANA EVANGELISTA ABREU, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2041) JUANA MARCELINA SMITH, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2042) JUANA MDES. RAMIREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2043) JUAN MDES. SOLANO ANGOMAS DE C., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2044) JUANA MENDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2045) JUANA MINAYA, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete pesos (RD$997.00) mensuales.
2046) JUANA MINAYA DE JESUS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2047) JUANA RAMIREZ SANCHEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2048) JUANA REYNOSO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2049) JUANA SANTIAGO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2050) JUANA SOLIS SANTOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2051) JUANA TORRES DE REYNOSO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2052) JUANA SANTIAGO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2053) JUANITA CAPELLAN ORTIZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2054) JUANITA GARRACHON DIAZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2055) JUANITA MIRANDA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2056) JULIA ALT. DOMINGUEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2057) JULIA ALT. PAULINO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2058) JULIA ANT. BLANCO COLON, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2059) JULIA M. BERROA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2060) JULIAN VALDEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2061) JULIANA MENDEZ SANTANA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2062) JULIO CESAR JIMENEZ PEÑA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2063) JULIO NUÑEZ MOYA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2064) KENIA MARGARITA MARTE, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2065) KENIA SANTANA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2066) LAURA TAPIA ENCARNACION, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2067) LAURETTIN CAIRDUAHIA COX A., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2068) LEOMARIS ANT. JIMENEZ PEREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2069) LEONIDA AMPARO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2070) LEONIDA MOSCOSO CAMACHO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2071) LEONIDAS EUSEBIO CASTRO VDA. RAMIREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2072) LEONIDAS JIMINIAN, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2073) LEONIDAS MERCEDES PEÑA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2074) LEOPOLDINA ALMANZAR ROSARIO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
2075) LEOPOLDINA PAEL DEL ROSARIO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2076) LEYDA MARIA SANTANA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2077) LIBRADA MERCEDES REYNOSO AGRAMONTE, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2078) LIC. ALDEANA HIRALDO, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2079) LIC. ALEYDY W. C. FERREIRAS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2080) LIC. ALTAGRACIA M. MEJIA, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2081) LIC. BASILIA BRAZOBAN, una pensión del Estado de mil cuatrocientos diez pesos (RD$1,410.00) mensuales.
2082) LIC. CASIMIRA LUIS T. BARET, una pensión del Estado de mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos (RD$1,484.00) mensuales.
2083) LIC. CRISTINA GOMEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2084) LIC. DIOMARYS DE LA ROSA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2085) LIC. ISABEL M. RAMIREZ DE LA C., una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2086) LIC. ISABEL RODRIGUEZ C., una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2087) LIC. JULIA BERROA, una pensión del Estado de mil quinientos pesos (RD$1,500.00) mensuales.
2088) LIC. JULIA NUÑEZ MOYA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2089) LIC. LORENZA SOSA MERCEDES, una pensión del Estado de mil cuatrocientos ochenta y cuatro pesos (RD$1,484.00) mensuales.
2090) LIC. LUISA O. FLORENZAN, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2091) LIC. MARIA DOLORES JORGE TEJADA, una pensión del Estado de mil trescientos ochenta y cinco (RD$1,385.00) mensuales.
2092) LIC. MARIA HERNANDEZ LIBEATO, una pensión del Estado de mil trescientos ochenta y cinco (RD$1,385.00) mensuales.
2093) LIC. MARTHA REYNOSO, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2094) LIC. MILEDIS FLORENTINO, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2095) MIRTHA M. SENCION, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2096) LIC. SORAYA TAMAYO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2097) LIC. ODEYDA BDA. SORIANO TIBURCIO, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cincuenta y cinco pesos (RD$1,455.00) mensuales.
2098) LIC. MIREYA PAULINO VALDEZ, una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y cuatro pesos (RD$1,444.00) mensuales.
2099) LIDA. M. MALEN EUSEBIO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
2100) LIDIA MA. MINIETTY PEÑA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
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