1401) SOR MANUELA MIRA GARCIA, una
pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
1402)
SOR MARGARITA ARTILES, una pensión del Estado de novecientos cincuenta pesos
(RD$950.00) mensuales.
1403)
SOR MERCEDES LAGO PINON, una pensión del Estado de mil trescientos dieciocho
pesos (RD$1,318.00) mensuales.
1404)
SOR PILAR ARRANZ ESCOLANO, una pensión del Estado de mil cuatrocientos veinte y
nueve pesos (RD$1,429.00) mensuales.
1405)
SOR PURIFICACION BECERRIL I., una pensión del Estado de mil doscientos ochenta
y ocho pesos (RD$1,288.00) mensuales.
1406)
SOSINO F. SANTANA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1407)
SUCRE SILVESTRE SANCHEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1408)
SUNILDA ECHAVARRIA , una pensión del Estado de mil cuatrocientos cuarenta y
tres pesos (RD$1,443.00) mensuales.
1409)
TELMA NEREYDA CRUZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1410)
TEMISTOCLES PEREZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1411)
TEODORA FELIZ, una pensión del Estado de mil doscientos sesenta y cinco pesos
(RD$1,265.00) mensuales.
1412)
TEODORA FIGUEROA DE JESUS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1413)
TEODOSIA BRITO PAREDES, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1414)
TEOLINDA RIVAS DE MENDEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1415)
TERCELINA LARA PAULINO, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete
pesos (RD$997.00) mensuales.
1416)
TERESA ALCANTARA PEREZ, una pensión del Estado de novecientos sesenta y tres
pesos (RD$963.00) mensuales.
1417)
TERESA DE JESUS HENRIQUEZ SANTOS, una pensión del Estado de setecientos ochenta
pesos (RD$780.00) mensuales.
1418)
TERESA DE JESUS VILLALONA, una pensión del Estado de mil ciento un pesos
(RD$1,101.00) mensuales.
1419)
TEREZA BASIL ROJAS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1420)
TELMA ALT. ABREU C., una pensión del Estado de dos mil doscientos cincuenta y
tres pesos (RD$2,253.00) mensuales.
1421)
TELMA E. LIMA FELIZ DE P., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1422)
TERESA MERCEDES DURAN, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1423)
TELMA MARIA HERNANDEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1424)
TIBURCIO T. AMEZQUITA, una pensión del Estado de dos mil quinientos treinta
pesos (RD$2,530.00) mensuales.
1425)
TIRSO LEONARDO VOLQUES, una pensión del Estado de novecientos cincuenta y ocho
pesos (RD$958.00) mensuales.
1426)
TOMAS GARCIA RIVERA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1427)
TOMASA MANZUETA DE LA C., una pensión del Estado de mil treinta y cuatro pesos
(RD$1.034.00) mensuales.
1428)
TOMASA MEJIA MERCEDES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1429)
TOMASINA MONTERO V., una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1430)
TOMASINA TORRES, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1431)
TULIO RAMIREZ, una pensión del Estado de mil pesos (RD$1,000.00) mensuales.
1432)
ULTRABERTHA A. DIAZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1433)
VALENTIN GONZALES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1434)
VALENTINA UBIERA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1435)
VALENTINA Y. PEREZ SOSA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1436)
VEDA M. RODRIGUEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1437)
VENCIA SORIANO DE BAEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1438)
VENECIA ABREU PICHARDO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1439)
VICENTE GUZMAN, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1440)
VICENTE ANT. TORRES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1441)
VICTOR JULIO GUERRERO CASTILLO, una pensión del Estado de setecientos ochenta
pesos (RD$780.00) mensuales.
1442)
VICTOR L. FERNANDEZ ORTIZ, una pensión del Estado de mil trescientos ochenta y
cinco pesos (RD$1,385.00) mensuales.
1443)
VICTOR MAURIS JUANES, una pensión del Estado de dos mil quinientos treinta
pesos (RD$2,530.00) mensuales.
1444)
VICTOR PEREZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1445)
VICTORIA ALT. VILLALONA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1446)
VICTORIA HERRERA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos (RD$1,139.00)
mensuales.
1447)
VICTORIA JIMENEZ, una pensión del Estado de ochocientos cincuenta y cinco pesos
(RD$855.00) mensuales.
1448)
VIDALIA MONEGRO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1449)
VIRGINIA ALVARADO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1450)
VIRGINIA NOVA PEREZ, una pensión del Estado de mil doscientos treinta y cinco
pesos (RD$1,235.00) mensuales.
1451)
VIRGINIA PAREDES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1452)
VIRGINIA VALDEZ MATOS, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1453)
VITALINA MARQUEZ DE JOSE, una pensión del Estado de mil trescientos ochenta y
cinco pesos (RD$1,385.00) mensuales.
1454)
YOLANDA FERNANDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1455)
YOLANDA I. PEREZ ROCHA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1456)
YOLANDA REYES, una pensión del Estado de mil doce pesos (RD$1,012.00)
mensuales.
1457)
YUDELKA DE LOS ANGELES RODRIGUEZ G., una pensión del Estado de setecientos
ochenta pesos (RD$780.00) mensuales.
1458)
ZACARIAS JOSE, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1459)
ZENAIDA M. AVALO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1460)
ZOBEIDA URISPI, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1461)
ZOILA MIGDALIA MEDINA DE M., una pensión del Estado de novecientos cincuenta
pesos (RD$950.00) mensuales.
1462)
ZORAIDA DE LA ROSA SEGURA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1463)
ZORAIDA SIBILIA DE LA CRUZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1464)
ZUNILDA ECHEVARRIA, una pensión del Estado de mil doscientos cincuenta y cinco
pesos (RD$1,255.00) mensuales.
1465)
ZUNILDA MEDINA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1466)
ADA GISELA MENDEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1467)
ADALGISA ALVARADO ABREU, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1468)
ADELAIDA VELAZQUEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1469)
ADOLFA ANT. MARTE, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1470)
ADONAYDA Y. DE LOS SANTOS, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1471)
ADRIANA TERESA TEJADA, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1472)
ADRIANO ANT. MERCADO SANCHEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1473)
AFRICA ROSARIO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1474)
AGRIPINA AQUINO LORENZO DE SOTO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1475)
AGUSTIN CABRAL MERAN, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1476)
AGUSTINA GARCIA SILVERIO, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1477)
AIDA MDES. MATOS BELTRE, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1478)
ALBA MERCEDES P. DE AQUINO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1479)
ALBA ROSA AVELA MONTES DE OCA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1480)
ALBA ROSA SANTOS, una pensión del Estado de mil cuatrocientos diez pesos
(RD$1,410.00) mensuales.
1481)
ALBANIA ELIZABETH TAVERAS MEJIA, una pensión del Estado de mil cuatrocientos
diez pesos (RD$1,410.00) mensuales.
1482)
ALDA TRINIDAD MENDOZA FARIA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1483)
ALDEANA HIRALDOM, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1484)
ALEIDA LUCRECIA DIAZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1485)
ALEJANDRINA CANARIO, una pensión del Estado de novecientos noventa y siete
pesos (RD$997.00) mensuales.
1486)
ALEYDA REYES, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos (RD$780.00)
mensuales.
1487)
ALEYDA W. FERREIRAS, una pensión del Estado de mil cuatrocientos diez pesos
(RD$1,410.00) mensuales.
1488)
ALFA OMEGA PEREZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1489)
ALFIDA RODRIGUEZ, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1490)
ALFONSINA LARA C., una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1491)
ALICIA FELIZ PEÑA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1492)
ALICIA GONZALEZ, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1493)
ALICIA MARIA ROSARIO, una pensión del Estado de setecientos ochenta pesos
(RD$780.00) mensuales.
1494)
ALICIA PEREZ DE COSTE, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1495)
ALIDA AMINTA MERCADO GRULLON, una pensión del Estado de mil ciento treinta y
nueve pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1496)
ALTAGRACIA A. COLON, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1497)
ALTAGRACIA ALCANTARA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
1498)
ALTAGRACIA CABREJA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve pesos
(RD$1,139.00) mensuales.
1499)
ALTAGRACIA CELENIA LORA, una pensión del Estado de novecientos cincuenta pesos
(RD$950.00) mensuales.
1500)
ALTAGRACIA COLON BAUTISTA, una pensión del Estado de mil ciento treinta y nueve
pesos (RD$1,139.00) mensuales.
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