JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la
República Dominicana
NUMERO: 186-94
CONSIDERANDO: La fecunda labor realizada por
la insigne educadora Luisa Ozema Pellerano;
VISTA: La Ley No.4463, de fecha 2 de junio de
1956;
VISTA: La Ley No.449, de fecha 11 de febrero
de 1933.
En ejercicio de las atribuciones que me
confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D
E C R E T O:
Artículo 1.- Se dispone el traslado al
Panteón Nacional de los restos mortales de la eminente educadora Luisa Ozema
Pellerano.
Artículo 2.- La comisión que se encargará de
organizar los actos correspondientes y de poner en ejecución las disposiciones
del presente Decreto, quedará integrada de la siguiente manera: el Presidente
de la Academia Dominicana de Historia, quien la presidirá; sendos
representantes de las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas, de Interior
y Policía y de Educación, Bellas Artes y Cultos; el Presidente de la Academia
Dominicana de la Lengua y el Director de la Biblioteca Nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito
Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho (28) días del
mes de junio del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la
Independencia y 131 de la Restauración.
Joaquín
Balaguer
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