domingo, 6 de octubre de 2013

Decreto No.364-94 que concede exequátur a los señores Maximiliano Oreaumuno Brenes e Ing. Abraham Selman Hasbún, para que pueda ejercer las funciones de Cónsul General y Cónsul General Honorario, respectivamente, de Costa Rica y Nicaragua en la República Dominicana.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 364-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se concede exequátur a favor del señor Maximiliano Oreamuno Brenes, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul General de Costa Rica, en Santo Domingo, con jurisdicción en la República Dominicana.

                        Artículo 2.- Se concede exequátur a favor del Ing. Abraham Selman Hasbún, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul General Honorario de la República de Nicaragua, en Santo Domingo, República Dominicana.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.363-94 que nombra al Lic. Marcelino Merán, Contralor de la Corporación Dominicana de Electricidad.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 363-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Lic. Marcelino Merán, queda designado Contralor de la Corporación Dominicana de Electricidad, en sustitución de la Licda. Clara Mateo de Mojica.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.362-94 que encarga al Instituto Superior de Agricultura de la salvaguarda del Río Yaque del Norte, desde su nacimiento hasta su desembocadura en la Bahía de Montecristi.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 362-94

                        CONSIDERANDO: Que el Río Yaque del Norte, el más importante de los recursos con que la naturaleza ha dotado a la Región del Cibao Central, ha sufrido un grave deterioro, como consecuencia de la deforestación a que ha sido sometida dicha zona en las últimas décadas.

                        CONSIDERANDO: Que el rescate de ese importante recurso natural sólo puede alcanzarse mediante una estrecha cooperación entre todas las instituciones y personas interesadas en el bienestar de su nación.

                        CONSIDERANDO: Que la gravedad adquirida por los daños experimentados por el importante recurso fluvial a que se hace mención requiere de la adopción de medidas heroicas y de efecto inmediato.

                        CONSIDERANDO: Que el Instituto Superior de Agricultura, por la excepcional competencia de quienes lo dirigen, por su larga trayectoria de servicios al sector agropecuario de la Región del Cibao, es la institución que podría, con mayor dedicación y autoridad, asumir la ardua tarea de salvar el Río Yaque del Norte de la extinción gradual, pero sistemática a que se haya condenado por la devastación de que han sido y continúan siendo objeto las zonas aledañas a sus cuencas y por el uso, muchas veces abusivo y criminal que se hace de sus aguas.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Instituto Superior de Agricultura queda encargado de la salvaguarda del Río Yaque del Norte, desde su nacimiento hasta su desembocadura en la Bahía de Montecristi, e investido, en consecuencia, de la facultad de tomar todas las medidas que son actualmente de la competencia de la Dirección General de Foresta para todo cuanto concierne a la misión que le es confiada por el presente Decreto.

                        Artículo 2.- El Instituto Superior de Agricultura contará, para el cumplimiento de su misión, de todos los recursos económicos de que pueda disponer el Estado y los que a su vez aporte el sector privado, representado principalmente por las grandes empresas nacionales y extranjeras radicadas en la Región del Cibao.

                        Artículo 3.- La Dirección General de Foresta, las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, así como todas las demás dependencias del Estado Dominicano, deberán prestar su colaboración al Instituto Superior de Agricultura.  Y de la sensibilidad patriótica de todas las demás fuerzas vivas de la nación se espera tambien un apoyo sin reservas a todos los planes que se emprendan para que el Río Yaque del Norte recobre, en toda la medida de lo posible, el esplendor de que estuvo dotado hasta hace algunos años, por ser quizás, uno de los recursos fluviales más útiles de la geografía dominicana.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.361-94 que nombra los Miembros de la Comisión Nacional del GATT.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 361-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:
                        Artículo Unico.- Quedan designados Miembros de la Comisión Nacional del GATT, el Secretario de Estado de Agricultura, el Secretario de Estado de Turismo, el Director General de la Corporación de Fomento Industrial, el Presidente del Consejo Nacional de Hombres de Empresas, el Presidente de la Asociación Dominicana de Exportadores, el Presidente de la Asociación Dominicana de Industrias, el Presidente de la Asociación Nacional de Importadores, el Presidente de la Asociación de Zonas Francas (ADOZONA), el Presidente de la Unión Nacional de Empresarios y el Presidente de la Junta Agroempresarial Dominicana (JAD).


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.360-94 que nombra al Dr. Patricio Badía Lara, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Chile.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 360-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Doctor Patricio Badía Lara, queda designado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República Dominicana en Chile.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No.359 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Gran Cruz Placa de Plata a Su Excelencia Fernando Benitez Gutiérrez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México en nuestro país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 359-94

                        CONSIDERANDO los altos merecimientos de Su Excelencia Fernando Benítez Gutiérrez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México en el país.

                        VISTA  la Ley No.1113 de fecha 26 de mayo de 1936; y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Gran Cruz Placa de Plata, a su Excelencia Fernando Benítez Gutiérrez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de México.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

sábado, 5 de octubre de 2013

Decreto No.358 que otorga exequátur a la señorita Patricia Altagracia Zorrilla Rodríguez, para ejercer la profesión de abogado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 358-94

                        VISTA  la Ley sobre Exequátur de Profesionales No.111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;

                        VISTA  la Ley sobre Organización Judicial No.821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se otorga exequátur a la señorita Patricia Altagracia Zorrilla Rodríguez, para que pueda ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de abogado, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 357-94 que nombra al Dr. Manuel Aurelio Olivero Rodríguez, Ministro Consejero de la Embajada de la República de Corea.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 357-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El doctor Manuel Aurelio Olivero Rodríguez, queda designado Ministro Consejero de la Embajada de la República Dominicana en Corea.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.356-94 que nombra a la Licda. Juana A. Decamps Tavera, Cónsul General de la República en Kingston, Jamaica.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 356-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La Licda. Juana A Decamps Tavera, queda designada Cónsul General de la República en Kingston, Jamaica, en sustitución del señor Pedro Gómez.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.355-94 mediante el cual se convoca al Senado, a la Cámara de Diputados y a la Suprema Corte de Justicia, para que escojan al Senador, al Diputado y al Juez, respectivamente, que van a representar a esas instituciones del Estado como Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 355-94

                        VISTO  el Párrafo I del Artículo 64 de la Constitución de la República.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se convocan al Senado de la República, a la Cámara de Diputados y a la Suprema Corte de Justicia, para que escojan al Senador, al Diputado y al Juez, respectivamente, que van a representar a esas instituciones del Estado como Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer