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sábado, 5 de octubre de 2013

Decreto No.355-94 mediante el cual se convoca al Senado, a la Cámara de Diputados y a la Suprema Corte de Justicia, para que escojan al Senador, al Diputado y al Juez, respectivamente, que van a representar a esas instituciones del Estado como Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 355-94

                        VISTO  el Párrafo I del Artículo 64 de la Constitución de la República.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- Se convocan al Senado de la República, a la Cámara de Diputados y a la Suprema Corte de Justicia, para que escojan al Senador, al Diputado y al Juez, respectivamente, que van a representar a esas instituciones del Estado como Miembros del Consejo Nacional de la Magistratura.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

sábado, 11 de agosto de 2012

¿Qué tipo de sentencia es aquella que ordena la comunicación de documentos y si se puede ejercer recurso de apelación contra las mismas?

Considerando , que, por otra parte, la sentencia que ordena una comunicación de documentos es evidentemente preparatoria, puesto que no prejuzga el fondo; que si las sentencias interlocutorias no tienen, a pesar de que conllevan un prejuicio respecto del fondo del proceso, autoridad de cosa juzgada, con mayor razón las preparatorias que no lo prejuzgan; que es esta condición la que explica que las preparatorias no puedan ser impugnadas sino al mismo tiempo que es atacada la sentencia sobre el fondo; que, por tanto, en la sentencia impugnada no se han producido las violaciones denunciadas por el recurrente, por lo que procede desestimar, por improcedente y mal fundado el medio único propuesto por éste y con ello el presente recurso de casación. SENTENCIA DEL 23 DE ABRIL DEL 2003, No. 12