miércoles, 3 de julio de 2013

Decreto No.60-94 que designa al señor Agustín Reyes, Ayudante Civil del Presidente de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 60-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El señor Agustín Reyes, queda designado Ayudante Civil del Presidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de marzo  del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer


Decreto No.59-94 que crea e integra el Consejo Nacional para el Fomento de la Producción Lechera.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 59-94

                        CONSIDERANDO: La importancia que reviste para la economía del país el subsector pecuario y en especial la producción de leche, renglón que en los últimos años ha registrado un sostenido crecimiento y modernización como respuesta a las medidas de políticas adoptadas con este propósito;

                        CONSIDERANDO: Que es oportuno y conveniente para el mantenimiento del dinamismo de este subsector, acoger las recomendaciones emanadas de la Comisión Intersectorial creada mediante Decreto No.308-93 encargada de estudiar la situación actual de la producción, distribución y mercadeo de la leche de vaca y productos lácteos;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se crea el Consejo Nacional para el Fomento de la Producción Lechera, cuyo propósito será promover el incremento de la producción de leche en el país y el desarrollo de esta industria, bajo un marco de competitividad y eficiencia a fin de lograr la autosuficiencia nacional en este importante rubro alimenticio.

                        Artículo 2.- El Consejo creado por el presente Decreto estará integrado por el Secretario de Estado de Agricultura, quien lo presidirá, el Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, el Secretario de Estado de Industria y Comercio, el Director General de Ganadería, el Presidente de la Asociación Dominicana de Productores de Leche (APROLECHE), el Presidente del Patronato Nacional de Ganaderos, el Administrador General del Banco Agrícola, el Presidente de Leche Rica, C. por A., el Presidente de la Compañía Dominicana de Alimentos Lácteos, S.A. (CODAL), el Presidente de la Junta Agroempresarial Dominicana, Inc. (JAD), el Presidente de la Federación de Ganaderos de la Región Este (FEDEGARE), el Presidente de la Federación de Ganaderos de la Región del Cibao, un representante de los fabricantes de queso en el país y un representante de los importadores de leche.

                        Artículo 3.- Este Consejo deberá elaborar y aprobar en un plazo no mayor de treinta (30) días su propio reglamento orgánico, establecer su sede y estructura operacional y designar un secretario ejecutivo, con voz pero sin voto.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

lunes, 1 de julio de 2013

Decreto No.58-94 que asciende al Capitán Odontólogo Eugenio Figueroa Rosado, E.N., al rango de Mayor Odontólogo, E.N.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 58-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Capitán Odontólogo Eugenio Figueroa Rosado, E.N., queda ascendido al rango de Mayor Odontólogo del Ejército Nacional.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.57-94 que nombra a la señora Ambrosina Saviñon de Altagracia (Libanesa), Secretaria de Estado sin Cartera.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 57-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La señora Ambrosina Saviñon de Altagracia (Libanesa), queda designada Secretaria de Estado sin Cartera.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.56-94 que nombra al Lic. Jhonny Cabrera, Subsecretario de Estado de Industria y Comercio, con asiento en Santiago de los Caballeros.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 56-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Lic. Jhonny Cabrera, queda designado Subsecretario de Estado de Industria y Comercio, con asiento en Santiago de los Caballeros.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 55-94 que concede exequátur a varias personas para que puedan ejercer las funciones Cónsules Honorarios de distintos países en varias ciudades del país.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 55-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se concede exequátur a favor del señor David Ricardo Koenig, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul Honorario de Antigua y Barbuda en Santo Domingo, República Dominicana.

                        Artículo 2.- Se concede exequátur a favor del señor Enrique De Marchena Kaluche, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul Honorario de Jamaica en la República Dominicana, con jurisdicción en Puerto Plata.

                        Artículo 3.- Se concede exequátur a favor del señor Gustavo A. Cabrera, a fin de que pueda ejercer las funciones de Cónsul Honorario de Turquía, en La Romana, República Dominicana.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro; año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 54-94 que nombra a la señora Ana Vilma de Villar, Subsecretaria de Estado de Agricultura, con asiento en Moca.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 54-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- La señora Ana Vilma Morín de Villar, queda designada Subsecretaria de Estado de Agricultura, con asiento en Moca.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro; año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.53-94 que nombra al señor Pascual Polonia, Subsecretario de Estado sin Cartera.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 53-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Pascual Polonia, queda designado Subsecretario de Estado sin Cartera.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro; año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No.52-94 que nombra al señor Aníbal Félix Altagracia Mariano, Ayudante Civil del Presidente de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 52-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El señor Aníbal Félix Altagracia Mariano, queda designado Ayudante Civil del Presidente de la República.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro; año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No. 51-94 que concede la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Caballero, al Dr. Néstor de Buen.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 51-94

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del Doctor Néstor De Buen, distinguido tratadista laboral mexicano,

                        VISTA: La Ley No.1113, del 26 de mayo de 1936, y sus modificaciones; y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se concede al Dr. Néstor De Buen, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Caballero.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro; año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer