lunes, 7 de octubre de 2013

Decreto No. 391-94 que concede el beneficio del indulto a varios condenados por los tribunales de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 391-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Inciso 27 del Artículo 55 de la Constitución de la República, de conceder indulto, total o parcial, puro o simple o condicional, los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año;


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se concede el beneficio del indulto por el tiempo de sus respectivas penas pendientes de cumplir, con efectividad el 23 de diciembre de 1994, a los siguientes condenados por los tribunales de la República:

PENITENCIARIA NACIONAL DE LA VICTORIA:

                        Nombres suprimidos por el editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE NAJAYO ARRIBA, SAN CRISTOBAL:

                         Nombres suprimidos por el editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE SANTIAGO:

                        Nombre suprimido por editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE BARAHONA:

                        Nombre suprimido por el editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE PEDERNALES:

                        Nombre suprimido por el editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE MONTE PLATA:

                        Nombres suprimidos por el editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE SAN JUAN DE LA MAGUANA:

                         Nombres suprimidos por el editor de este blog...

CARCEL PUBLICA DE AZUA:

                         Nombre suprimido por el editor de este blog....

                        Artículo 2.- Los beneficiados del indulto concedido por el presente Decreto que antes del cumplimento del tiempo de sus penas, a juicio del Procurador General de la República, cometan actos de mala conducta, demostrando así que no son merecedores de la generosa medida con que se les favorece, ingresarán de nuevo a los establecimientos penitenciarios correspondientes, por una orden de dicho funcionario, donde permanecerán hasta cumplir sus penas, reputándose que no han sido indultados.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No. 390-94 que nombra al Agrón. Manuel de Jesús Gómez Alfonso, Gobernador Civil de la Provincia de Samaná.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 390-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El Agrón. Manuel de Jesús Gómez Alfonso, queda designado Gobernador Civil de la Provincia de Samaná, en sustitución de Don Orígenes Barba Horton, fallecido.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.389-94 que nombra al Dr. Ciro Amaury Dargán, Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 389-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Dr. Ciro Amaury Dargám, queda designado Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, en sustitución del Dr. Miguel Antonio Rodríguez.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la independencia y 132 de la Restauración.



Joaquín Balaguer.

Decreto No.388-94 que nombra a los señores Angelina Bonetti Herrera y Clara Quiñones, Embajadora de la República ante la Oficina de la Misión Permanente de las Naciones Unidas y Organismos Internacionales, en Ginebra y Embajadora de la Misión de la República ante la Unión Europea, respectivamente.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 388-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- La señora Angelina Bonetti Herrera, queda designada Embajadora de la República Dominicana ante la Oficina de la Misión Permanente de las Naciones Unidas y Organismos Internacionales, en Ginebra.

                        Artículo 2.- La Licda. Clara Quiñones, queda designada Embajadora de la Misión de la República Dominicana ante la Unión Eropea.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer.

Decreto No.387-94 que nombra a los licenciados Frederich E. Bergés y Dennis Simó, Miembros de la Comisión de Seguimiento a los Esquemas de Integración Económica, por el sector privado.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 387-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Los licenciados Frederich E. Bergés y Dennis Simó, quedan designado Miembros de la Comisión de Seguimiento de los Esquemas de Integración Económica por el sector privado, en sustitución de los licenciados José Manuel Trullols y Miguel Ceara Hatton.

                        Artículo 2.- Comuníquese a la Vicepresidencia de la República, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer.

Decreto No. 386-94 que nombra al Capitán de Navío Nicolás Penzon Nielandt, M. de G., Vicecónsul de la República en Ponce, Puerto Rico.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 386-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- el Capitán de Navío Nicolás Penzon Nielandt, M. de G, queda designado Vicecónsul de la República Dominicana en Ponce, Puerto Rico, en sustitución del Capitán de Navío Juan Felipe Pérez Peña, M. de G.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer.

Decreto No.385-94 que establece la regalía pascual para los empleados públicos.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 385-94

                        CONSIDERANDO: Que ha sido una tradición del Estado que a los servidores del Gobierno Central se les otorgue una regalía pascual o gratificación navideña.

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Los funcionarios y empleados del Gobierno Central, el cual incluye los tres poderes del Estado y los organismos especiales (Junta Central Electoral y Cámara de Cuentas de la República), recibirán regalía, gratificación o cualquier forma de compensación navideña correspondiente al año de 1994, de acuerdo a la siguiente escala.

a) Los funcionarios y empleados que devengan un salario de hasta cinco mil pesos (RD$5,000), recibirán como regalía pascual una suma igual a su sueldo mensual;

b) La escala establecida en la letra a), beneficiará también a los jubilados y pensionados, así como a los nominales y jornaleros de los distintos organismos del Gobierno Central, así como a los nonagenarios y centenarios.

Artículo 2.- Todos los organismos del Estado deberán ajustarse a las disposiciones del presente Decreto.

Artículo 3.- Quedan encargados del fiel cumplimiento del presente Decreto, la Oficina Nacional del Presupuesto, la Secretaría de Estado de Finanzas y la Contraloría General de la República.


                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer.

Decreto No. 384-94 que nombra al señor Francisco Izquierdo López, Ayudante Civil del Presidente de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 384-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Francisco Izquierdo López, queda designado Ayudante Civil del Presidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer.

Decreto No. 383-94 que nombra al Dr. Francisco Castillo Carías, Subsecretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 383-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Dr. Francisco Castillo Carías, queda designado Subsecretario de Estado de Salud Pública, en sustitución del señor Winston Genao.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 132 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.382-94 que integra la Delegación que en Misión Especial representará a la República en los actos de toma de posesión del Presidente electo de la República Federativa del Brasil.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 382-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- La Delegación en Misión Especial que representará a la República Dominicana en los actos de toma de posesión del presidente electo de la República Federativa del Brasil, Señor Fernando Henrique Cardoso, que tendrá lugar el día lro. de enero de l995, estará integrada por el Lic. Jacinto Peynado, Vicepresidente de la República, quien la presidirá; y el Doctor Héctor Pereyra Ariza, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Brasil.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (l6) días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y cuatro, año l5l de la Independencia y l32 de la Restauración.


Joaquín Balaguer