JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 117-90
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Quedan suprimidos los Consulados Honorarios de la República en Basilea, Berna y Zurich, Suiza.
Artículo 2.- Quedan adicionados a la jurisdicción del Consulado Honorario de la República en Ginebra, Suiza, los Cantones de Bale-Ville, Bale Campagne, Berna y Jura.
Artículo 3.- Quedan adicionados a la jurisdicción del Consulado Honorario de la República en Lugano, Suiza, los Cantones de Zurich, Lucerna, Schaffhouse, Uri, Schwyz, Unterwald (Alto y Bajo) Glaris, Zoug, Appenzell (Rh. Est. y Rh. Int.), Saint Gall, Argovie y Thurgovie.
Artículo 4.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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