lunes, 22 de julio de 2013

Decreto No.88-94 que declara el día 30 de mayo de cada año, como "Día del Salinero".

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 88-94

                        CONSIDERANDO: Que es deber del Estado estimular y reconocer a los hombres y mujeres que desde los distintos sectores productivos contribuyen al progreso del país y propician con su trabajo el bienestar y desarrollo de sus familias;

                        CONSIDERANDO: Que los productores de sal marina, constituyen un laborioso sector que con su actividad genera la manutención de innumerables familias en todo el país, contribuyendo asimismo al mejor desenvolvimiento económico de sus comunidades;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- Se declara el día 30 de mayo de cada año, "Día del Salinero".

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.87-94 que nombra a la doctora Altagracia Bautista de Suárez, Administradora General de la Lotería Nacional, y al señor Federico Antún, Secretario de Estado sin Cartera.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 87-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:


                        Artículo 1.- La Dra. Altagracia Bautista de Suárez, queda designada Administradora General de la Lotería Nacional, en sustitución del señor Federico Antún.

                        Artículo 2.- El señor Federico Antún, queda designado Secretario de Estado sin Cartera.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.86-94 que nombra al señor Abilio A. Escoto, Gobernador Civil de la Provincia de Dajabón.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 86-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor Abilio A. Escoto, queda designado Gobernador de la provincia de Dajabón, en sustitución del señor José Agustín Cordero Jiménez.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.85-94 que nombra al señor José Morales Abréu, Subsecretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, con asiento en Azua.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 85-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

                        Artículo Unico.- El señor José Morales Abréu, queda designado Subsecretario de Estado de Deportes, Educación Física y Recreación, con asiento en la provincia de Azua.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.84-94 que concede naturalización dominicana a varias personas.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 84-94

                        VISTAS: las instancias de fechas 15 de agosto de 1991, 24 de febrero de 1992, 31 de enero de 1994, 16 y 18 de marzo de 1994, que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo las personas cuyos nombres aparecen en la parte dispositiva del presente Decreto;

                        VISTA: la Ley No.1683, sobre Naturalización, del 16 de abril de 1948 y sus modificaciones;

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

                        Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:

                        1.- Al señor Eros Carlo Roberto Butti, de nacionalidad suiza.

                        2.- Al señor Mohamad Alattar, de nacionalidad árabe.

                        3.- Al señor Mohammad I. Gull, de nacionalidad pakistaní.

                        4.- A la madre María Concepción Petra Artola Ganchegui, de nacionalidad mexicana.

                        Artículo 2.- Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía o del Gobernador Civil Provincial, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dichos funcionarios.

                        Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún (31) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.83-94 que nombra a los señores Ramón Marte Rosario y Agne Verenice Contreras Valenzuela, Ayudantes Civiles del Presidente de la República.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 83-94


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El señor Ramón Marte Rosario, queda designado Ayudante Civil del Presidente de la República.

                        Artículo 2.- La señora Agne Verenice Contreras Valenzuela, queda designada Ayudante Civil del Presidente de la República.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.82-94 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, al Dr. Irving G. Tragen.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 82-94

                        CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del Dr. Irving G. Tragen, Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, quien por más de diez años ha contribuido notablemente al desarrollo y creación de políticas para el fortalecimiento de la lucha contra las drogas,

                        VISTA la Ley No.1352, de fecha 23 de julio de 1937; y

                        OIDO el parecer del Consejo de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón,


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unicio.- Se concede al Decreto No.82-94, la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer


Decreto No.80-94 que nombra al Teniente Coronel Piloto, F.A.D., Virgilio U. Sierra Pérez, Miembro de la Junta de Aeronáutica Civil.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 80-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El Teniente Coronel Piloto F.A.D. Virgilio U. Sierra Pérez, queda designado Miembro de la Junta de Aeronáutica Civil, en sustitución del Teniente Coronel Piloto F.A.D. Ismael Antonio Alvarado.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.



Joaquín Balaguer

Decreto No.79-94 que nombra al señor Manuel de Jesús Acosta Polonia, Subsecretario de Estado de Industria y Comercio, con asiento en Monseñor Nouel.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 79-94

                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo Unico.- El señor Manuel de Jesús Acosta Polonia, queda designado Subsecretario de Industria y Comercio, con asiento en la provincia de Monseñor Nouel.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

Decreto No.78-94 dispone que todas las emisoras de radio del país deberán tocar el Himno Nacional a las 12:00 meridiano.

JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 78-94

                        VISTA la solicitud formulada al Poder Ejecutivo por las instituciones denominadas Acción para la Educación Básica (EDUCA) y la Asociación Dominicana de Radiodifusoras, Inc. (ADORA);


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- Se dispone que todas las emisoras de radio del país, a las 12:00 meridiano en punto toquen el Himno Nacional, con el propósito de exaltar el valor que tiene nuestro himno para la identificación de todo ciudadano con nuestra patria.

                        Artículo 2.- Envíese al Director General de Telecomunicaciones, para los fines correspondientes.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y cuatro, año 151 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer