martes, 7 de agosto de 2012

Decreto No. 182-93 que declara tres días de duelo oficial con motivo del fallecimiento de la distinguida dama Doña Ana Cáceres Vda. García Godoy, madre del Expresidente de la República, Dr. Héctor García Godoy.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 182-93

            CONSIDERANDO: Que el fallecimiento de la distinguida dama Doña Ana Cáceres Vda. García Godoy, madre del Ex-presidente de la República Dr. Héctor García Godoy, es motivo de justificado duelo para el pueblo y el gobierno dominicano:

            VISTA la Ley No.108 del 21 de marzo de 1967.

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo 1.-  Se declaran de duelo oficial con motivo del fallecimiento de la distinguida dama Doña Ana Cáceres Vda. García Godoy, los días 23 y 24 de junio de 1993.  En consecuencia, la Bandera Nacional deberá ondear a media asta durante los días señalados, en los recintos militares y oficinas públicas de todo el país.

            Artículo 2.-  Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 181-93 que modifica el Art. 1 del Decreto No.266-92 del 3 de septiembre de 1992.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 181-93

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo 1.- Se modifica el Artículo 1 del Decreto No.266-92 del 3 de septiembre de 1992, para que diga de la siguiente manera:

            "Se autoriza a la Firma Turiempresa C. por A., promotora del Proyecto "Capella Beach Resort", antes "Hotel Turiempresa", a utilizar los 60 metros de la franja marina terrestre para la construcción de un club de playa, modificada a una distancia de 28.0 metros aproximadamente de la pleamar, así como parte de la piscina y tres (3) gazebos, todos a ser utilizados en su proyecto turístico "Capella Beach Resort" antes "Hotel Turiempresa", localizado en la Urbanización Villas del Mar, Juan Dolio, Provincia San Pedro de Macorís".

            Artículo 2.- Envíese a la Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra y a la Secretaría de Estado de Turismo, para los fines correspondientes.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 180-93 que constituye el Comité Directivo del Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Línea Noroeste.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 180-93

            VISTA: La aprobación por parte de la Comisión de las Comunidades Europeas, dentro de los lineamientos del Primer Programa Indicativo Nacional, del Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Línea Noroeste (PROLINO) a ser cubierto con fondos previstos por la CEE dentro del ámbito de la Convención de Lomé IV;

            CONSIDERANDO: Que a los fines de la ejecución de dicho proyecto, cuya vigencia se extenderá por 4 años a partir de su inicio, se ha convenido la instalación de un organismo coordinador que administrará la buena marcha de las actividades inherentes a este proyecto;


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

            Artículo 1.-  Queda constituido el Comité Directivo del Proyecto de Desarrollo Rural Integrado de la Línea Noroeste (PROLINO), que estará compuesto por el Secretario de Estado de Agricultura, quien lo presidirá; por el Ordenador Nacional de la Convención de Lomé IV; y por los respectivos titulares de la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos; de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social; de la Corporación Dominicana de Electricidad; del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados; del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos; del Banco Agrícola de la República Dominicana; del Instituto Agrario Dominicano; de la Dirección General Forestal; de la Dirección General de Caminos Vecinales; de la Oficina para el Desarrollo de la Comunidad, y del Instituto para el Desarrollo del Noroeste.

            Párrafo.-   Estos titulares podrán ser representados por su subalterno inmediato.

            Artículo 2.-  Este Comité redactará y pondrá en práctica su propio reglamento interno el cual detallará sus normas operativas y financieras , incluyendo la contratación de todo su personal técnico y administrativo, del equipamiento y de las obras que serán ejecutadas bajo el mismo, con apego a las exigencias en la materia por parte de la Comisión de las Comunidades Europeas y del Gobierno Nacional.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 179-93 que nombra al Dr. Hermes Quezada, Vicegobernador del Banco Central, y a la licenciada Persia Alvarez de Hernández, Superintendente de Bancos.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 179-93

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo 1.-  El Dr. Hermes Quezada, queda designado Vice-Gobernador del Banco Central de la República Dominicana, en sustitución del Ing. Manuel E. Gómez Pieterz, pensionado.

            Artículo 2.-  La Lic. Persia Alvarez de Hernández, queda designada Superintendente de Bancos, en sustitución del Dr. Hermes Quezada.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 178-93 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, al Dr. Jose Hazim Azar.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 178-93


            CONSIDERANDO:  Los altos merecimientos del distinguido munícipe petromacorisano, Dr. José Hazim Azar,

            VISTA  la Ley No. 1352, de fecha 23 julio de 1937;y

            OIDO el parecer del Consejo de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón;


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Articulo Unico.- Se concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón, en el grado de Caballero, al Doctor José Hazim Azar.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 177-93 que concede al Excelentisimo Señor Roberto Rosellini, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Italia, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella en el grado de Gran Cruz Placa de Plata.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 177-93

            CONSIDERANDO:  Los altos merecimientos del Excelentísimo Señor Roberto Rosellini, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Italia;

            VISTA la Ley No. 1113, del 26 de mayo de 1936, y sus modificaciones; y

            OIDO el parecer de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella;


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo Unico.-  Se concede al Excelentísimo Señor Roberto Rosellini, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Italia, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado Gran Cruz Placa de Plata.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER