JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 173-90
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Articulo Unico.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$20.00, numerados del 001 al 500000, color azul cielo, en papel especial, engomado, con fibras de seda, en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de mayo del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 127o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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