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lunes, 21 de enero de 2013

Decreto No. 3-94 que encarga al Director Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana de proceder a la habilitación de todos los puertos del país, que en la actualidad manejen carga de exportación e importación.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 3-94

                        CONSIDERANDO: Que es función del Estado fomentar el comercio internacional de la República, para lo cual se hace necesario incrementar y propiciar un sistema portuario nacional ágil y eficiente;

                        CONSIDERANDO: Que la Autoridad Portuaria Dominicana, es el organismo facultado por la Ley para operar, controlar y asegurar el manejo eficiente de todos los puertos del país;

                        VISTA: la Ley No.70 de fecha 17 de diciembre de 1970 que crea la Autoridad Portuaria Dominicana, sus modificaciones y Reglamento de aplicación;


                        En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


                        Artículo 1.- El Director Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana, queda encargado de proceder a la habilitación de todos los puertos del país, que en la actualidad manejen carga de exportación e importación, y el desenvolvimiento eficiente de los mismos, así como el cobro de los servicios portuarios prestados por el Estado a través de dicha institución.

                        Artículo 2.- Queda a cargo de la Autoridad Portuaria Dominicana, de conformidad con su Ley Orgánica y su Reglamento de aplicación, la selección y designación del personal requerido así como cualesquiera otras medidas útiles o necesarias a los fines del artículo 1ro. del presente decreto.

                        Artículo 3.- El Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, instruirá a las Capitanías de Puertos correspondientes para que presenten a la Autoridad Portuaria Dominicana toda la ayuda necesaria para la ejecución del presente Decreto.

                        Artículo 4.- Comuníquese a las instituciones que corresponda.

                        DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de enero del año mil novecientos noventa y cuatro; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


Joaquín Balaguer

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Decreto No. 227-93 que crea e integra una comisión encargada de recomendar al Poder Ejecutivo las medidas pertinentes para el establecimiento de un sistema y metodología adecuados para la verificación y despacho de mercaderías en los puertos del país.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 227-93

            CONSIDERANDO: Que dentro del proceso de reforma aduanal que está realizando el Gobierno, resulta necesario modificar el sistema tradicional de verificación y despacho de mercaderías de los puertos del país;


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo 1.- Se crea una Comisión para que en un plazo de sesenta (60) días recomiende al Poder Ejecutivo, las medidas pertinentes para el establecimiento de un sistema y metodología adecuados para la verificación y despacho de mercaderías de los puertos del país.

            Artículo 2.- Dicha Comisión estará integrada por la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, el Director General de Aduanas, la Autoridad Portuaria Dominicana, la Secretaría de Estado de Agricultura, la Asociación de Industrias, la Unión Nacional de Empresarios, la Asociación de Navieros, la Asociación de Agentes de Aduanas, el Consejo Nacional de Hombres de Empresas, la Asociación de Empresas Industriales de Herrera, la Asociación de Industriales de Haina, la Asociación Nacional de Importadores y la Asociación de Importadores de la Región Norte.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 131 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER