jueves, 16 de agosto de 2012

Varios decretos de la época de Joaquín Balaguer


Decreto No. 190-93 que integra la Delegación que el Misión Especial representará a la República Dominicana en la III Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, a celebrarse en Brasil del 13 al 16 de julio de 1993.                              

Decreto No. 191-93 que concede exequátur a los señores Sandra H. Gayton, Oscar R. Estrada, James M. Pérez y Grant C. Deyoe, a fin de que puedan ejercer las funciones de Vicecónsules de los Estados Unidos de América en Santo Domingo, República Dominicana.

Decreto No. 192-93 que nombra al Dr. Héctor Pereyra Ariza, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en Brasil, como Representante en Misión Especial de la República en los actos de transmisión del mando presidencial en La Paz, Bolivia.                  

Decreto No. 193-93 que  autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.                            

Decreto No. 194-93 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos.                             

Decreto No. 195-93 que concede la condecoración de la Orden Heráldica de Cristóbal Colón en el grado de Caballero, al Dr. Raymundo Eduardo Mejía Pérez.                                 

Decreto No. 196-93 que nombra al Dr. Oscar Hazin Subero, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en Argentina, como Representante en Misión Especial en los actos de transmisión del mando presidencial en Asunción, Paraguay.                               

Decreto No. 197-93 que fija los días 24 y 25 de septiembre de 1993, para el levantamiento del VII Censo Nacional de Población y Vivienda.                               

Decreto No. 198-93 que deroga el Decreto No. 200-88, modificado por el Decreto No. 345-90.                                 

Decreto No. 199-93 que nombra al Vicealmirante Transitorio José Santos Sánchez, M. de G., Asesor Militar del Presidente de la República.                         

Decreto No. 200-93 que nombra al Capitán de Navío Fabio Andrés Suárez Peña, M. de G.,  Subdirector  General  de  Control de Precios.                        

Decreto No. 201-93 que otorga exequátur a varios profesionales.                        

Decreto No. 202-93 que concede el beneficio de la jubilación y les asigna pensiones del Estado a varios servidores de la administración pública.                                  

Decreto No. 203-93 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones.

Decreto No. 204-93 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres. 


Nota: Solo hacemos mención de estos decretos, no contamos con el contenido de los mismos.         

miércoles, 15 de agosto de 2012

Decreto No. 189-93 que encarga al Dr. Manuel de Jesús Estrada hijo, del Consulado General de la República en New York, Estados Unidos de América, mientras dure la licencia concedida al titular.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 189-93

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo Unico.-  El Dr. Manuel de Jesús Estrada hijo, queda Encargado del Consulado General de la República en Nueva York, mientras dure la licencia por motivos de salud de su titular.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 188-93 que denomina "Dominicana FM", la frecuencia 99.9 MHZ, asignada a Radiotelevisión Dominicana.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 188-93

            CONSIDERANDO: Que la actividad radiofónica ha sido desde sus inicios el más popular y beneficioso vehículo de comunicación masiva al servicio de la sociedad en su conjunto, y del hombre en particular;

            CONSIDERANDO: Que por ser semejante medio de comunicación el más idóneo y expedito para transmitir y al propio tiempo divulgar toda suerte de mensajes y reseñas de hechos y acontecimientos que en el mundo acaecen, todo ello para el bien de la humanidad;

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:

            Artículo Unico.- La frecuencia 99.9 MHZ, asignada a Radiotelevisión Dominicana, queda denominada a partir de la fecha, con el nombre de DOMINICANA FM, a fin de que, por vía de ella, dicho órgano de publicidad oficial asuma la tarea de difundir universalmente los más altos valores y demás exponentes de la cultura de nuestro país.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 187-93 que nombra a los señores Dra. Maria Antonieta Bello de Guerrero y David Olivero Segura, Subsecretario de Estado de Turismo y de Trabajo respectivamente, y al Dr. Washington González, Director General de Trabajo, de la Secretaría de Estado de Trabajo.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 187-93

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo 1.- La Dra. María Antonieta Bello de Guerrero, queda designada Subsecretaria de Estado de Turismo.

            Artículo 2.- El señor David Olivero Segura, queda designado Subsecretario de Estado de Trabajo.

            Artículo 3.- El Dr. Washington González, queda designado Director General de Trabajo, en sustitución del Lic. César Augusto Acevedo Castillo.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 186-93 que nombra a los licenciados Héctor Guilliani Cury y Eladio Sánchez Coste, Subsecretario de Estado de Finanzas y Asesor Técnico de dicha Secretaria de Estado, respectivamente.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 186-93

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

            Artículo 1.-  El Lic. Héctor Guilliani Cury, queda designado Subsecretario de Estado de Finanzas, en sustitución del Lic. Eladio Sánchez Coste.

            Artículo 2.-  El Lic. Eladio Sánchez Coste, queda designado Asesor Técnico de la Secretaría de Estado de Finanzas.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco (25) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.

JOAQUIN BALAGUER

sábado, 11 de agosto de 2012

¿Qué garantiza la comunicación de documentos entre las partes?

Considerando, que la medida de comunicación de documentos, prevista a partir de 1978 por las disposiciones de los artículos 49 y 59 de la Ley núm. 834, ha dejado de ser una excepción del procedimiento para constituir uno de los elementos fundamentales para preservar el principio de la lealtad en los debates y así garantizar el derecho de defensa de las partes envueltas en la litis; que como en la especie la sentencia impugnada no hace referencia al acta de audiencia y sentencia in-voce sobre comunicación de documentos ordenada el 4 de mayo de 2006, ni observa tampoco los plazos fijados en esa decisión sino que dicta su sentencia declarando inadmisible el recurso de apelación el 23 de mayo de 2006, es decir, antes del vencimiento de los plazos otorgados, es evidente que la Corte a-qua violó el derecho de defensa de la recurrente y faltó a la lealtad de los debates, principios que no fueron preservados; que, por tanto, procede acoger los medios analizados y casar, por tanto, la sentencia atacada. SENTENCIA DEL 13 DE MAYO DE 2009, NÚM. 20

Prórroga de comunicación de documentos


Considerando, que es facultad de los jueces del fondo conceder o negar la medida de prórroga de comunicación de documentos, cuando la parte que la solicita no advierte al tribunal lo que pretende demostrar con dicha medida o cuando los jueces encuentran en el proceso suficientes elementos de juicio que le permiten formar su convicción decisoria en uno u otro sentido; que, en esas circunstancias, cuando el juez rechaza esa medida, no prejuzga el fondo y, por tanto, la sentencia que interviene no puede ser considerada interlocutoria, sino preparatoria y, consiguiente, según dispone el artículo 452 del Código de Procedimiento Civil, sólo recurrible con el fallo sobre fondo del asunto;… SENTENCIA DEL 5 DE AGOSTO DE 2009, NÚM. 20

¿Qué tipo de sentencia es aquella que ordena la comunicación de documentos y si se puede ejercer recurso de apelación contra las mismas?

Considerando , que, por otra parte, la sentencia que ordena una comunicación de documentos es evidentemente preparatoria, puesto que no prejuzga el fondo; que si las sentencias interlocutorias no tienen, a pesar de que conllevan un prejuicio respecto del fondo del proceso, autoridad de cosa juzgada, con mayor razón las preparatorias que no lo prejuzgan; que es esta condición la que explica que las preparatorias no puedan ser impugnadas sino al mismo tiempo que es atacada la sentencia sobre el fondo; que, por tanto, en la sentencia impugnada no se han producido las violaciones denunciadas por el recurrente, por lo que procede desestimar, por improcedente y mal fundado el medio único propuesto por éste y con ello el presente recurso de casación. SENTENCIA DEL 23 DE ABRIL DEL 2003, No. 12

martes, 7 de agosto de 2012

Decreto No. 185-93 que nombra al Dr. Carlos Manuel Matos, Director General de Promoción de la Juventud.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana

NUMERO: 185-93

            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,

D E C R E T O:

            Artículo Unico.-  El Dr. Carlos Manuel Matos, queda designado Director General de Promoción de la Juventud, en sustitución del Lic. Domingo Gutiérrez.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER

Decreto No. 184-93 que nombra al Lic. Emilio de Luna Peguero, Director Ejecutivo de la Autoridad Portuaria Dominicana.


JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana


NUMERO: 184-93


            En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,


D E C R E T O:


            Artículo UNICO.- El Lic. Emilio de Luna Peguero, queda designado Director Ejecutivo de Autoridad Portuaria Dominicana, en sustitución del General de Brigada (r)  E.N., Leoncio García y García.

            DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año mil novecientos noventa y tres; año 150 de la Independencia y 130 de la Restauración.


JOAQUIN BALAGUER