JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 350-90
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo Unico.- Se modifica el artículo 3, del Decreto No. 409-86, del 21 de mayo de 1986, para que en lo adelante rija de la manera siguiente:
"Artículo 3.- La Zona Franca Industrial de la Provincia de Azua estará ubicada dentro del siguiente inmueble: Quinientos mil (500,000.00) metros cuadrados, de la Sección Barreras, del Municipio de Azua, la cual tiene los siguientes linderos: Al Norte, Parcela No. 5378, del Distrito Catastral No. 8 de Azua; al Sur, Camino Viejo de Azua a Estebanía; al Este y al Oeste, resto de la misma Parcela".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de septiembre del año mil novecientos noventa; año 147o de la Independencia y 128o de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
No hay comentarios:
Publicar un comentario